Resolución número 00009 de 2013, por la cual se adiciona la Resolución 4240 de 2000 y se dictan otras disposiciones - 28 de Enero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 416587538

Resolución número 00009 de 2013, por la cual se adiciona la Resolución 4240 de 2000 y se dictan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín48687

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de las facultades legales conferidas en los numerales 5, 7 y 12 del artículo 6º del Decreto 4048 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 380 del 16 de febrero de 2012, por el cual se adiciona y modifica el Decreto 2685 de 1999, y se dictan otras disposiciones;

Que el Gobierno expidió el Decreto 1727 del 16 de agosto de 2012 por el cual se modifica el Decreto 2685 de 1999 y se dictan otras disposiciones;

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2766 del 28 de diciembre de 2012, por el cual se modifica el Decreto 2685 de 1999 y se dictan otras disposiciones;

Que para efectos de la aplicación de los anteriores decretos se hace necesario desarrollar y determinar los procedimientos, trámites y requisitos establecidos;

En mérito de lo expuesto, el Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales,

RESUELVE:

Artículo 1º Adiciónase el siguiente capítulo al Título II de la Resolución 4240 de 2000, el cual quedará así:
CAPÍTULO XI Artículos 2 y 3

Artículo 38-30. Requisitos para obtener la autorización de las Sociedades de Comercialización Internacional. Las personas jurídicas domiciliadas o representadas legalmente en Colombia, que pretendan ser autorizadas como Sociedades de Comercialización Internacional, deberán cumplir y presentar ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales además de lo señalado en el Artículo 76 del Decreto 2685 de 1999, los siguientes requisitos:

  1. Consignar en el Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio, el objeto social principal de que trata el Artículo 40-1 del Decreto 2685 de 1999, además de indicar los sectores económicos respecto de los cuales va a desarrollar su actividad como Sociedad de Comercialización Internacional, sin perjuicio de la actualización en el Registro Único Tributario.

  2. Acreditar que al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la solicitud, que poseen un patrimonio líquido cuyo valor sea igual o superior a cuatro mil quinientas unidades de valor tributario (4.500 UVT). Este valor se acreditará mediante certificación suscrita por Contador Público o Revisor Fiscal según el caso.

    Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión que tiene la Administración tributaria de verificar esta información con la registrada en las declaraciones tributarias.

  3. Estados Financieros Básicos de la persona jurídica solicitante de los dos (2) años anteriores a la radicación de la solicitud, con corte 31 de diciembre y sus notas explicativas debidamente certificados por el Representante Legal y Contador, dictaminados por el Revisor Fiscal, de ser el caso, adjuntando los soportes contables de los activos corrientes y de los activos de mayor valor, certificaciones bancarias de los saldos en cuentas y de los activos líquidos financieros (CDT, bonos, acciones, fiducias, y demás títulos relacionados).

    Las sociedades creadas en el mismo año de la solicitud, deberán presentar el Balance Inicial, adjuntando los soportes contables de los activos que respaldan el patrimonio neto contable.

  4. El estudio de mercado que incorpore el plan exportador de la sociedad, el cual deberá contener como mínimo la siguiente información:

    1. Antecedentes: Presentación de la empresa, relación de las actividades desarrolladas desde su constitución hasta la fecha de la solicitud de autorización como Sociedad de Comercialización Internacional, sucursales, infraestructura (relación de oficinas, plantas, cultivos, señalando la dirección y el tipo de titularidad de cada uno).

    2. Plan Estratégico: Misión, visión, objetivos y matriz DOFA.

    3. Productos a exportar: Descripción de los productos, subpartidas arancelarias, trayectoria en el manejo de los mismos (know how), capacidad de producción de los bienes a exportar (si es productora), capacidad logística para la comercialización de los bienes, estrategias y canales para su comercialización.

    4. Mercados objeto de exportación: Relación de los países a los que se efectuarán las exportaciones, indicando para cada uno de ellos: Justificación de la oportunidad del negocio, nombre de los clientes, ubicación de los clientes (teléfono, ciudad y país), análisis del nicho de mercado. La sociedad solicitante deberá anexar comunicación escrita del comprador en el exterior en la que se evidencie que tiene la intención de adquirir los productos objeto de exportación e informar el tipo de filiación societaria con el comprador en el exterior, en caso de que exista.

    5. Proyección de las exportaciones: Relacionar por el término de tres (3) años indicando para cada uno de ellos la proyección de exportaciones en valor FOB USD, cantidad y tipo de producto a exportar.

    6. Proveedores: Relación de los proveedores en Colombia que suministran los productos y/o insumos relacionados con las actividades de exportación, indicando para cada proveedor el tipo de productos y/o servicios; especificando si se trata de materia prima, insumos, producto terminado o servicio, acompañada de una certificación comercial original de cada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR