Decreto número 4260 de 2007, por el cual se reglamentan los artículos 79 y 82 de la Ley 1151 de 2007. - 2 de Noviembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51612378

Decreto número 4260 de 2007, por el cual se reglamentan los artículos 79 y 82 de la Ley 1151 de 2007.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín46800

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere, el numeral 11 del articulo 189 de la Constitucion Politica y en desarrollo de los articulos 79 y 82 de la Ley 1151 de 2007, DECRETA:

CAPITULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 8
Articulo 1° Macroproyectos de interes social nacional

Los Macroproyectos de Interes Social Nacional son el conjunto de decisiones administrativas de y actuaciones urbanisticas adoptadas por el Gobierno Nacional, en los que se 461 vinculan instrumentos de planeacion, financiacion y gestion del suelo para ejecutar una operacion de gran escala que contribuya al desarrollo territorial de determinados municipios, distritos, areas metropolitanas o regiones del pais.

Los Macroproyectos de que trata el presente decreto se refieren a la ejecucion de operaciones urbanisticas integrales de gestion y provision de suelo para vivienda, con especial enfasis en vivienda de interes social y vivienda de interes prioritario.

El macroproyecto debera proveer suelo para desarrollar un numero de viviendas de interes social que no podra ser inferior al (1%) del numero de hogares existentes en los municipios o distritos objeto del macroproyecto, de conformidad con las estadisticas del DANE.

Paragrafo 1°. Las decisiones administrativas y actuaciones urbanisticas adoptadas por el Gobierno Nacional conforman la accion urbanistica de la Nacion.

Paragrafo 2°. Siempre que en este decreto se mencionen los Macroproyectos, se entendera que se hace referencia a los Macroproyectos de Interes Social Nacional de que trata el articulo 79 de la Ley 1151 de 2007.

Articulo 2° Objetivo

Los Macroproyectos deberan promover el diseño y ejecucion de proyectos integrales que contemplen la habilitacion de suelo para vivienda de interes social, la provision de servicios publicos domiciliarios, redes viales de integracion urbana, zonal y local, espacios publicos y equipamientos colectivos;

desarrollando asentamientos urbanos con altos parametros de calidad urbanistica y ambiental.

Asi mismo, los Macroproyectos deberan promover el ordenamiento territorial, la compactacion urbana, la densificacion, el desarrollo y crecimiento equilibrado y equitativo de las ciudades y su articulacion con los sistemas de movilidad regional.

Articulo 3° Determinantes

De conformidad con lo previsto en el articulo de la Ley 1151 de 2007, los Macroproyectos son determinantes que se constituyen en normas de superior jerarquia en los terminos del articulo 10 de Ley 388 de 1997, y se entenderan incorporados en los Planes de Ordenamiento Territorial de los municipios y distritos, asi como en las directrices de ordenamiento de las areas metropolitanas.

En los procesos de revision y ajuste de los Planes de Ordenamiento Territorial los municipios y distritos deberan dar estricto cumplimiento a las disposiciones contenidas en los respectivos Macroproyectos.

Articulo 4° Etapas de los Macroproyectos

Las etapas de los Macroproyectos son: 1. Identificacion y determinacion.

  1. Formulacion.

  2. Adopcion.

  3. Ejecucion CAPITULO II Identificacion y determinacion de los Macroproyectos

Articulo 5° Identificacion y determinacion de los Macroproyectos

Para identificar y determinar un macroproyecto, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial debera tener en cuenta los siguientes criterios: 1. La dinamica poblacional.

  1. El deficit cuantitativo y cualitativo de vivienda de interes social.

  2. El impacto territorial de la intervencion.

Articulo 6° Documento tecnico de soporte

Con el fin de establecer si un Macroproyecto cumple con los criterios establecidos en el articulo anterior, se debera elaborar un documento tecnico de soporte que contenga los siguientes aspectos: 1. Objeto, descripcion y localizacion del macroproyecto.

  1. Analisis de la dinamica poblacional que describa el impacto del macroproyecto en el respectivo municipio, distrito, area metropolitana o region.

  2. Analisis del deficit cualitativo y cuantitativo de vivienda de interes social del municipio, distrito, area metropolitana y en su caso del area de influencia las ciudades con mas de 500.000 habitantes, de acuerdo con Resolucion de 2006 expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o la norma que la modifique, adicione o la sustituya.

  3. Descripcion del impacto territorial de la intervencion, entendido como los aportes demostrables al mejoramiento cualitativo y cuantitativo del habitat existente, la oferta de nuevos equipamientos colectivos y la ampliacion o mejoramiento de los servicios publicos, espacio publico e infraestructura vial y de transporte en municipios, distritos, areas metropolitanas y regiones del pais.

  4. Prefactibilidad tecnica y financiera del macroproyecto.

  5. Las caracteristicas ambientales, sociales, culturales y/o agrologicas de la zona en la cual se desarrollara el Macroproyecto, identificando las categorias de proteccion de que trata el articulo 4° del Decreto 3600 de 2007 y las demas categorias de proteccion al interior del perimetro urbano y de expansion urbana que se encuentren definidas en las normas urbanisticas estructurales de los Planes de Ordenamiento Territorial.

Articulo 7° Macroproyectos sugeridos por entidades territoriales, areas metropolitanas y/o por particulares

Las entidades territoriales, areas metropolitanas y/o particulares podran sugerir al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial que se identifiquen o determinen...

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