Resolución número 1478 de 2010, por la cual se crea la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Salud. - 28 de Junio de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 210722983

Resolución número 1478 de 2010, por la cual se crea la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Salud.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47754
2
D I A R I O O F I C I A L
Edición 47.754
Lunes, 28 de junio de 2010
D I AR I O OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Por el Presidente Manuel Murillo Toro
Tarifa postal reducida No. 56
DIRECTORA: MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA
Gerente General
Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia
Conmutador: PBX 4578000.
e-mail: correspondencia@imprenta.gov.co
con la presencia indelegable del Director General del Presupuesto Público Nacional del
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cas del Departamento Nacional de Planeación y los jefes de los órganos de las secciones
presupuestales, quienes excepcionalmente podrán delegar su asistencia en un funcionario
del nivel directivo o asesor.
Adicionalmente asistirán a dicha sesión:
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- El Subdirector General del Departamento Nacional de Planeación.
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Departamento Nacional de Planeación responsables de los diferentes sectores.
- El Jefe de Planeación o quien haga sus veces, del órgano cabeza del sector.
Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de junio de 2010.
Gn"Okpkuvtq"fg"Jcekgpfc"{"Etfifkvq"R¿dnkeq.
Oscar Iván Zualuga Escobar.
(C.F.)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 2303 DE 2010
(junio 28)
por el cual se nombra un Superintendente de Vigilancia
y Seguridad Privada ad hoc.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucio-
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Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, solicitó la declaratoria de
impedimento y la designación de un Superintendente ad hoc, para atender todos los asuntos
relacionados con las personas jurídicas denominadas Ciudadela Salud S. A., SaludCoop
EPS y la Cooperativa de Trabajo Asociado Orientación y Seguridad C.T.A.
Que el Ministro de Defensa Nacional, aceptó el impedimento presentado por el Super-
intendente de Vigilancia y Seguridad Privada, y en consecuencia dispuso el envío de la
documentación correspondiente, para que se surta el nombramiento del Superintendente
de Vigilancia y Seguridad Privada ad hoc, de conformidad con lo establecido en el artículo
189 numeral 13 de la Constitución Política.
Que de acuerdo con lo anteriormente indicado, es procedente nombrar un Superinten-
dente de Vigilancia y Seguridad y Privada ad hoc, para que conozca de todos los asuntos
relacionados con las personas jurídicas denominadas Ciudadela Salud S. A., SaludCoop
EPS y la Cooperativa de Trabajo Asociado Orientación y Seguridad CTA.
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrase como Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada ad
hoc,"cn" fqevqt"Cngz" fg" Lgu¿u"Ucnicfq" Nq¦cpq." kfgpvkÝecfq"eqp" nc" efifwnc"fg" ekwfcfcpc"
número 79389331, sin perjuicio de sus funciones como Director de Asuntos Legales del
Ministerio de Defensa Nacional, para que conozca de todos los asuntos que se relacionen
con las personas jurídicas denominadas Ciudadela Salud S. A., SaludCoop EPS y la Coo-
perativa de Trabajo Asociado Orientación y Seguridad C.T.A., de conformidad con la parte
considerativa del presente decreto.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de junio de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Defensa Nacional,
Gabriel Silva Luján.
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 00000976 DE 2010
(marzo 18)
por la cual se corrige un yerro en la Resolución 00000493 de 2010.
El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial
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CONSIDERANDO:
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Proporcionalidad para el trámite de visa tendrá una vigencia de tres meses en letras y seis
en números, razón por la cual se hace necesaria su corrección;
Gp"ofitkvq"fg"nq"gzrwguvq.
RESUELVE:
Artículo 1°. Corregir el yerro contenido en la Resolución 00000493 de 2010 y para el
efecto, el parágrafo del artículo 3° de la Resolución 00977 de 2009, quedará así:
ÐRctƒitchq0"Gn"EgtvkÝecfq"fg"Rtqrqtekqpcnkfcf"rctc"gn"vtƒokvg"fg"xkuc"vgpftƒ"wpc"xkigpekc"
de seis (6) meses contados a partir de la fecha de su expedición
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 18 de marzo de 2010.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
(C.F.)
RESOLUCIÓN NÚMERO 1478 DE 2010
(abril 27)
por la cual se crea la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Salud.
Gn"Okpkuvtq"fg"Nc"Rtqvgeek„p"Uqekcn."gp"glgtekekq"fg"ncu"cvtkdwekqpgu"swg"ng"eqpÝgtg"gn"
artículo 15 del Decreto 1530 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el objetivo básico del Sistema General de Riesgos Profesionales es la promoción
de la Salud Ocupacional y la prevención de los riesgos laborales, para evitar accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales;
Que la salud y la vida de los trabajadores del sector salud se ven afectados por riesgos
ocupacionales y ambientales, en especial los generados por exposición a agentes biológicos,
radiaciones, riesgos físicos, químicos y psico-sociales, por lo que hace necesario implementar
acciones, programas y campañas de prevención y promoción de carácter nacional, con la
participación del Gobierno Nacional, trabajadores, empleadores, gremios, administradoras
de riesgos profesionales y demás actores del Sistema General de Riesgos Profesionales;
Que si bien cada empresa del sector salud viene adelantando actividades en salud
ocupacional, se requiere unir en forma organizada el esfuerzo individual, para prevenir y
tgfwekt"ukipkÝecvkxcogpvg"nqu" ceekfgpvgu"fg" vtcdclq"{"ncu" gphgtogfcfgu"rtqhgukqpcngu" gp"
las empresas del sector salud;
Que para ello, se hace necesario conformar la Comisión Nacional de Salud Ocupacio-
nal del Sector Salud, como instancia operativa para el desarrollo e implementación de las
políticas, programas y acciones para el cuidado y la preservación de la salud y la vida de
los trabajadores del sector salud;
Gp"ofitkvq"fg"nq"gzrwguvq.
RESUELVE:
Artículo 1°. Conformación de la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector
Salud. Confórmese la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Salud, como
instancia operativa para el desarrollo e implementación de políticas, programas y acciones,
dirigidas a consolidar la ejecución de los planes y actividades de promoción y prevención
en salud ocupacional y riesgos profesionales, así como los sistemas de vigilancia epide-
miológica para dicho sector.
Artículo 2°. Integrantes. La Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Salud
estará conformada por:
1. El Director General de Riesgos Profesionales del Ministerio de la Protección Social
o su delegado.

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