Resolución número 054 de 2013, por la cual se ajusta la remuneración de los servicios regulados del CND, ASICy LACy se adoptan otras decisiones - 7 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 435154390

Resolución número 054 de 2013, por la cual se ajusta la remuneración de los servicios regulados del CND, ASICy LACy se adoptan otras decisiones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín48783

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos número 2253 de 1994 y 2696 de 2004,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en los literales c) y d) del artículo 23 de la Ley 143 de 1994, es función de la CREG definir la metodología para el cálculo de los cargos por los servicios de despacho y coordinación prestados por el Centro Nacional de Despacho y aprobar los respectivos cargos;

Que mediante Resolución CREG 081 de 2007 se adoptó la metodología para la remuneración de los servicios del CND, ASIC y LAC y se establecen otras disposiciones;

Que el artículo 126 de la Ley 142 de 1994 dispone, que las fórmulas tarifarias tendrán una vigencia de cinco años, salvo que antes haya acuerdo entre la empresa de servicios públicos y la Comisión para modificarlas o prorrogarlas por un período igual. Igualmente, el inciso final de esta disposición establece que una vez vencido el período de vigencia de las fórmulas tarifarias, estas continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas;

Que de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución CREG 081 de 2007, a más tardar el 31 de octubre de cada año del periodo tarifario, la empresa a cargo de los servicios del CND, ASIC y LAC puede solicitar a la CREG los ajustes al Ingreso Máximo Regulado aprobado por la CREG;

Que mediante la comunicación con Radicado número CREG E-2012-010421 la empresa XM S. A. E.S.P. solicitó el ajuste al Ingreso Máximo Regulado para el periodo junio de 2013 a mayo de 2014;

Que mediante Auto número I-2013-000245 del 13 de febrero de 2013 se ordenó la formación de un expediente administrativo a fin de adelantar una actuación administrativa con el objeto de decidir la solicitud de ajuste al ingreso máximo regulado, así como el valor de la inversión aplicable una vez finalice el Período Tarifario hasta que se expida y entre en vigencia la nueva metodología tarifaria;

Que en la comunicación con Radicado número CREG E-2013-002105 XM dio alcance a la solicitud inicial de ajuste del ingreso máximo regulado para el periodo junio 2013 a mayo de 2014, en esta comunicación se incluyen recursos adicionales requeridos para el proyecto de Resolución número 093 y 094 de 2012 y por gastos en defensa judicial;

Que el honorable Consejo de Estado, Sección Primera, en sentencia de 16 de febrero de 2012,expedientes 1100103240020030025401 y 11001032400020030053701 en relación con el reconocimiento de los gastos por defensa judicial como parte de la remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC dispuso lo siguiente:

"4. El examen de los cargos:

La competencia asignada por la ley a la CREG, para fijar las tarifas por los servicios prestados por el Centro Nacional de Despacho (CND), el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales del Mercado de Energía Mayorista (ASIC) y el Liquidador de los Intercambios Comerciales del Sistema Interconectado del Sector Eléctrico (LAC)

(...)

Por consiguiente, la Sala concluye que se acompasa con los citados preceptos legales que la CREG haya adoptado la metodología de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR