Resolución Reglamentaria número 0238 de 2013, por la cual se convoca a la elección de representantes de los empleados de la Contraloría General de la República Nivel Central y sus respectivos suplentes, al Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) y se determina el correspondiente proceso - 5 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 458626370

Resolución Reglamentaria número 0238 de 2013, por la cual se convoca a la elección de representantes de los empleados de la Contraloría General de la República Nivel Central y sus respectivos suplentes, al Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) y se determina el correspondiente proceso

EmisorVarios - Contraloría General de la República
Número de Boletín48904

La Contralora General de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 63 del Decreto número 1295 de 1994 y el artículo 1º de la Resolución número 2013 de 1986 que establece que "Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial" denominado Comité Paritario de Salud Ocupacional (Copaso).

Que el Copaso estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, acorde con el artículo 2º de la Resolución número 2013 de 1986 expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Que según el número de trabajadores para el caso de la Contraloría General de la República, con más de 1.000 trabajadores, según lo determinado en el artículo 2º de la Resolución número 2013 de 1986, corresponde a la Entidad contar con cuatro representantes por cada una de las partes con sus respectivos suplentes, en el Nivel Central.

Que en cumplimiento del artículo 2º de la Resolución número 2013 de 1986, el empleador nombrará directamente sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre.

Que mediante Resoluciones número 5076 del 11 de mayo de 2000 y 5524 del 17 de octubre de 2003 la Contraloría General de la República determinó los representantes del empleador para el Copaso del Nivel Central y Desconcentrado.

Que según lo establecido en el artículo 63 del Decreto número 1295 de 1994, el periodo de los miembros del Copaso por parte de los funcionarios corresponde a dos años y el del actual Copaso del Nivel Central de la Contraloría General de la República venció en la presente vigencia.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º

Convocar a los funcionarios de la Contraloría General de la República, Nivel Central a elegir sus representantes para el Comité Paritario de Salud Ocupacional (Copaso) para un período de dos (2) años contados a partir del día en que se expida el correspondiente acto administrativo de constitución del Comité Paritario de Salud Ocupacional y primera reunión, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la presente resolución.

Artículo 2º Requisitos e inscripción de candidatos.

Podrán inscribirse como representantes de los empleados ante el Copaso, quienes se encuentren vinculados en la planta de personal de la Contraloría General de la República Nivel Central, como funcionario activo.

Artículo 3º Convocatoria candidatos.

Una vez publicado el presente acto administrativo, los Despachos, Contralorías Delegadas, Direcciones y Oficinas de la Contraloría General de la República, deberán realizar una convocatoria y votación libre de los funcionarios de planta de la dependencia, para postular un candidato a las elecciones del Comité Paritario de Salud Ocupacional (Copaso) (que tenga liderazgo, compromiso, dinámica, que le interesen los temas de salud, higiene y seguridad industrial), quien deberá presentarse entre el 19 y el 24 de septiembre en la Dirección de Gestión de Talento Humano - Salud Ocupacional, con oficio de la dependencia, nombre de un veedor que lo representará el día de la elección y una foto 3 x 4 fondo azul, para ser incluida en el tarjetón.

Parágrafo. Una vez realizado el proceso de elección en la respectiva dependencia, se deberá elaborar oficio con Sigedoc registrando los datos del funcionario elegido (nombre, cargo, cédula y dependencia), firmado por el jefe de la Dependencia y dirigido a la Dirección de Gestión del Talento Humano.

Artículo 4º Inscripción de candidatos.

Los aspirantes deberán inscribirse personalmente ante la Dirección de Gestión del Talento Humano - Salud Ocupacional, de la Contraloría General de la República, del 19 al 24 de septiembre de 2013 de 8:00 a. m. - 12:00 m y de 2:00 p. m. a 4:30 p. m., de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo de convocatoria.

Artículo 5º Comisión electoral.

Se designa una comisión electoral compuesta por los siguientes funcionarios:

  1. El Director de Gestión de Talento Humano, quien será el encargado de dirigir todo el proceso electoral, así como de designar los jurados y preparar las listas del personal apto para votar.

  2. Un profesional del Grupo de Salud Ocupacional del la Dirección de Gestión del Talento Humano

  3. El Director de la Oficina Jurídica o su delegado

  4. El Director de la Oficina de Control Interno o su delegado

La Comisión tendrá la función de vigilar el...

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