Resolución número 0036 de 2013, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Contratación y se establece el procedimiento para la selección objetiva de los contratistas - 7 de Marzo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 426905066

Resolución número 0036 de 2013, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Contratación y se establece el procedimiento para la selección objetiva de los contratistas

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad de Planeación Minero Energética
Número de Boletín48725

La Directora General de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), en ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, en especial las atribuidas por el artículo 13 de la Ley 143 de 1994, el artículo 5º del Decreto 28 de 1995, el artículo 9º del Decreto 255 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 143 de 1994, la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), se organiza como una Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, con patrimonio propio y personería jurídica, con autonomía presupuestal y con régimen especial en materia de contratación;

Que como órgano de dirección en la UPME, mediante el artículo 1º de la Ley 1362 de 2009 se crea un Consejo Directivo dentro de la estructura orgánica de la Entidad;

Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1362 de 2009, mediante el Decreto 2587 del 13 de diciembre de 2012, el Gobierno Nacional reglamentó el funcionamiento y alcance del Consejo Directivo de la UPME;

Que por virtud de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 489 de 1998, las unidades administrativas especiales con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonial, se someterán al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y, en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos;

Que en cumplimiento de la normatividad legal, el inciso segundo del artículo 14 del Decreto 28 de 1995 atribuye a la UPME la función de expedir un reglamento interno de contratación, que tenga en cuenta los principios constitucionales y legales que rigen la función administrativa, y en el cual se establezca el procedimiento para la selección objetiva de las personas con quienes se celebren los contratos;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, el régimen especial en materia de contratación de la UPME le impone el deber de aplicar, en desarrollo de su actividad contractual, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política y, en todo caso, esta Entidad está sometida al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal;

Que en sesión del 31 de enero de 2013, se presentó ante el Consejo Directivo de la Unidad, la estructura general del proceso contractual y procedimientos previstos en esta resolución.

Que el Manual Interno de Contratación que se expide mediante la presente Resolución, define los principios que regirán la actividad contractual de la UPME, las modalidades de selección de contratistas, así como los escenarios de participación, tanto de los proponentes como de los responsables de la gestión contractual.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE: TÍTULO I DE LOS ASPECTOS GENERALES

Artículo 1º Objeto.

El presente manual tiene por objeto regular la actuación administrativa contractual de la UPME cuando esta actúa como contratante, a fin de que la misma se desarrolle con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, libertad de concurrencia en los procedimientos de selección, transparencia en la gestión contractual y selección objetiva en la escogencia de los contratistas.

Así mismo, este Manual tiene por objeto determinar las reglas generales para la suscripción, ejecución y liquidación de los contratos de derecho privado que se suscriben entre la Unidad de Planeación Minero Energética y sus contratistas.

Artículo 2º Alcance.

El presente manual regirá todos los procedimientos administrativos que adelante la UPME para la selección de contratistas e, igualmente, será aplicable a todos los negocios jurídicos en los que esta haga parte de cualquiera de los extremos de la relación contractual, ya sea con personas de derecho privado o con entidades u organismos de derecho público.

Artículo 3º Régimen de Contratación de la UPME.

La UPME cuenta con un régimen especial en materia de contratación que implica lo siguiente:

3.1. Los procedimientos administrativos para la selección de los contratistas se regirán por los principios constitucionales y legales de la función administrativa y por los principios generales del derecho público. Por lo tanto, las actuaciones administrativas que se surtan con ocasión de la gestión contractual de la UPME se someterán a lo dispuesto en el presente manual y, en los casos no regulados expresamente en este, se aplicarán las normas contenidas en la Parte Primera de la Ley 1437 de 2011, en la Ley 489 de 1998, o en las normas que modifiquen o deroguen la normatividad antes señalada.

3.2. Los contratos que se derivan de los procedimientos para la selección de contratistas de la UPME, se regirán por las normas del derecho privado. A falta de regulación expresa en este manual, los contratos suscritos por la UPME se regirán por las disposiciones contenidas en la normatividad que regula las relaciones entre personas de derecho privado, en especial en el Código Civil y el Código de Comercio.

Artículo 4º Fines de la contratación.

En los procedimientos de selección de contratistas, la UPME establecerá reglas de participación y factores de calificación mediante los cuales se garantice la consecución del objeto del contrato y el cumplimiento de las funciones atribuidas a la Entidad.

Así mismo, con la suscripción de los contratos resultantes de los procedimientos administrativos, tanto la UPME como el contratista articularán los intereses, tanto públicos como privados, a fin de procurar el cumplimiento de los fines esenciales del Estado.

TÍTULO II Artículos 5 a 26

DE LOS ACTORES QUE PARTICIPAN EN LA CONTRATACIÓN DE LA UPME

CAPÍTULO I Artículos 5 a 7

Reglas generales

Artículo 5º Derechos y deberes de las partes.

Las partes a las que se hace referencia en el presente manual, son aquellos extremos negóciales de la relación contractual en la cual participa la UPME, en calidad de contratante y los particulares que ostenten la condición de proponentes o contratistas.

La lealtad contractual y la buena fe exenta de culpa constituirán los presupuestos fundamentales sobre los cuales se construirá la relación contractual entre la UPME y sus contratistas.

5.1. En desarrollo de lo anterior, la UPME:

5.1.1. Tendrá la potestad de estructurar las condiciones del contrato a celebrar.

5.1.2. Tendrá derecho a recibir ofrecimientos convenientes para los intereses públicos.

5.1.3. Exigirá ofrecimientos que se ajusten a sus necesidades y a que con los mismos se garantice el cumplimiento de las funciones públicas atribuidas por las normas legales o reglamentarias.

5.1.4. Reclamará a los proponentes la respectiva responsabilidad por la veracidad o inexactitud de la información suministrada.

5.1.5. Tendrá derecho a exigir las garantías necesarias para asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos y las obligaciones que emanen de los contratos.

5.1.6. Exigirá de los contratistas el cumplimiento integral de las obligaciones emanadas de los contratos y, cuando a ello haya lugar, tendrá el deber de adelantar todos los procedimientos y gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sumas de dinero que se causen a su favor.

5.1.7. Tendrá derecho a que se reajusten los precios o se revise el valor total de los contratos, cuando circunstancias extraordinarias, imprevisibles o irresistibles, alteren o agraven la prestación de futuro cumplimiento a cargo de la UPME y que le resulte excesivamente onerosa.

5.1.8. Tendrá derecho a revisar, auditar y/o supervisar, de manera directa o a través de terceros, todos los aspectos, circunstancias y condiciones atinentes a las exigencias de calidad e idoneidad que hayan sido ofrecidas por los proponentes o pactadas con los contratistas.

5.1.9. Suministrará información completa y clara, con base en la cual le resulte posible a los proponentes y demás interesados conocer todas las condiciones técnicas esenciales para el cumplimiento del contrato y llevar a cabo los análisis presupuestales y de mercado que estimen pertinentes.

5.1.10. Publicará la información y las actuaciones o decisiones que adopte en desarrollo o como consecuencia de los procedimientos de selección de contratistas.

5.1.11. Adoptará las acciones conducentes a obtener el cumplimiento integral del objeto del contrato celebrado.

5.1.12. Tendrá en cuenta que el objeto del contrato goza de relevancia pública y, en consecuencia, dicho objeto deberá guardar plena consonancia con las funciones públicas atribuidas por las normas legales o reglamentarias.

5.1.13. Responderá patrimonialmente cuando la información suministrada por los funcionarios sea incompleta, imprecisa o inexacta, siempre que con base en dicha información los proponentes hayan formulado sus ofrecimientos y, una vez suscrito el contrato, se cause un perjuicio al contratista o a terceros. En este caso, responderá por la actuación de los funcionarios, cuando exista culpa grave o dolo debidamente comprobada; y

5.1.14. Cumplirá con todas las obligaciones, cargas y deberes que le imponen la Constitución y la ley.

5.2. A su turno, los particulares:

5.2.1. Tendrán derecho a que sus ofrecimientos sean tenidos en cuenta para la adjudicación del contrato, siempre que se ajusten a las exigencias contenidas en los Términos de Referencia.

5.2.2. Tendrán derecho a participar en condiciones de igual en los procedimientos de selección pública de contratistas que adelante la UPME.

5.2.3. Tendrán derecho a exigir que los Términos de Referencia contengan reglas claras y objetivas que hagan posible la participación y la libre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR