Auto de 2013, por el cual se inicia una actuación administrativa para establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-448160, Expediente A.A. - 013 de 2011 - 14 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 482257162

Auto de 2013, por el cual se inicia una actuación administrativa para establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-448160, Expediente A.A. - 013 de 2011

EmisorVarios - Oficina de Registros de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Sur
Número de Boletín49004

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 30 del Decreto número 2163 de 2011, Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,

CONSIDERANDO QUE:

(...)

DISPONE:

Artículo 1º Iníciese la correspondiente actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-448160, acorde con la parte considerativa del presente Auto

Fórmese el expediente respectivo según lo establecido por el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 2º

Comuníquese de la presente providencia a Guillermo Rodríguez Rodríguez y al Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao, Unidad Primera de Delitos Querellables, Fiscalía Local número 18 de Bogotá, Proceso número 568667, y demás personas indeterminadas que puedan estar directamente interesados o resultar afectados con la decisión, con publicación del presente auto en el Diario Oficial a costa de esta oficina, o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados si hay lugar a ello (artículo 37 de la Ley 1437 de 2011).

Artículo 3º Ordénese la práctica de pruebas y alléguense las informaciones que sean necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4º Contra el presente Auto no procede recurso alguno en vía gubernativa (artículo75 de la ley 1437 de ...

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