Resolución número 1735 de 2013, por medio de la cual se niega una solicitud de sustracción definitiva de la reserva forestal del río Magdalena - 24 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 483298762

Resolución número 1735 de 2013, por medio de la cual se niega una solicitud de sustracción definitiva de la reserva forestal del río Magdalena

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49014

La Directora de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), en ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución número 0053 del 24 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante radicado 4120-E1-5582 del 27 de febrero de 2013, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), hace entrega de los resultados de los estudios que sustentan la solicitud institucional de sustracción con fines de adjudicación para el municipio de Sucre en el departamento de Santander, sustentados en los requerimientos técnicos, normativos y cartográficos previstos en la Resolución número 629 de 2012.

Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales procedió a realizar apertura al Expediente número SRF 0186, en virtud del convenio interadministrativo de Asociación número 06 del 20 de abril de 2012, prorrogado el 28 de diciembre de la misma anualidad y el 22 de marzo de 2013, suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

Que mediante comunicación con radicado 4120-E1-10966 del 12 de marzo de 2013, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) solicita concepto técnico de viabilidad para la sustracción de áreas de Reserva Forestal que permita realizar programas de reforma agraria y desarrollo rural de que trata la Ley 160 de 1994 presentado por el Incoder.

FUNDAMENTOS TÉCNICOS

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto-ley número 3570 de 2011, emitió Concepto Técnico número 096 del 13 de noviembre de 2013, en el cual analizó la información allegada por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) respecto de la solicitud sustracción de áreas de Reserva Forestal, que permita realizar programas de reforma agraria y desarrollo rural de que trata la Ley 160 de 1994, orientados a la economía campesina, en la jurisdicción del municipio de Sucre, departamento de Santander.

Que el mencionado concepto señala:

"(.-)

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

2. Documentos

Los siguientes documentos relacionados con los requisitos definidos en la Resolución número 629 de 2012, son anexados a la solicitud de sustracción.

· Certificación número 2220 de noviembre 30 de 2012 expedida por el Ministerio del Interior y de Justicia dirigida a Humberto Pradilla Ardila, Director Ejecutivo Corporación Bucaramanga Emprendedora, en el cual no se identifica la presencia de resguardos constituidos, comunidades por fuera del resguardo, elección de consejos comunitarios, adjudicación de títulos colectivos, ni inscripción en el registro único de consejos comunitarios, ni se identifica presencia de otros grupos étnicos, en las coordenadas suministradas por el solicitante correspondientes al área de influencia del proyecto: "Sustracción de áreas de Reserva Forestal para programas de reforma agraria y desarrollo rural" en el municipio de Sucre, Santander.

· Certificación expedida por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) número 20122144398, dirigida aHumberto PradillaArdila Director Ejecutivo Corporación Bucaramanga Emprendedora, donde se determina que revisadas las coordenadas correspondientes al área de influencia del polígono suministrado por el usuario, se determinó que estas no coinciden con las coordenadas de Resguardos Indígenas titulados y/o en trámite, ni con territorios colectivos y/o en trámite de Comunidades Negras.

2.2. Información que sustenta la solicitud

El siguiente es texto extraído del documento presentado por el Incoder: "Formulación de la propuesta técnica para la sustracción de áreas de reservaforestal, que permita realizar programas de reforma agraria y desarrollo rural de que trata la Ley 160/94 orientados a la economía campesina en la jurisdicción del municipio de Sucre, Santander".

2.2.1. Delimitación y cartografía del área cuya sustracción se solicita.

A fin de delimitar el área de trabajo se establecieron criterios de restricción que pudiesen precisar la vocación productiva en el municipio de Sucre, entre los cuales se estudió.

· El grado de amenaza.

· Significancia ambiental.

· Conectividad ecológica.

· Producción minera.

· La existencia de territorios étnicos legamente constituidos.

Para esto se tuvieron en cuenta los instrumentos de planificación de orden nacional, regional y municipal existentes, así como los estudios adelantados a diferentes niveles y escalas como es el caso de las condiciones físico-bióticas (Suelos, coberturas vegetales, condiciones agrológicas, entre otros).

Se define como principales criterios para la delimitación de zonas de trabajo:

· La existencia de áreas protegidas nacionales y regionales.

· Aquellas con condiciones físicas tales (altas pendientes, clasificación agrológica VII y VIII, existencia de coberturas boscosas intervenidas con potencial de conectividad, entre otras) que permitan el restablecimiento de su estado naturaly por ende garantice una oferta y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables.

· Otro criterio utilizado en la determinación del área de producción fue la existencia de cobertura vegetal y poca intervención antrópica que propiciase la reconformación de la capa vegetal en los diferentes ecosistemas presentes en el área de trabajo.

· Zonas donde está la mayor concentración de baldíos

· Zonas altamente intervenidas.

Estas áreas se encuentran demarcadas por los recorridos de campo realizados en el levantamiento de información primaria definiendo sectores en la región Central Norte, en la región oriental Norte y en la región Central Sur, dejando así el área de producción delimitada.

Fueron definidos los siguientes polígonos en un área de 11.989,9573 ha., distribuidos en tres áreas de la siguiente manera:

· El polígono uno (Área Nº 1) cuenta con una extensión de 5738,079675 ha., y está definido por 1334 puntos con coordenadas.

· El polígono dos (Área Nº 2) cuenta con una extensión de 2808,0974 ha., y está definido por 513 puntos con coordenadas.

· El polígono tres (Área Nº 3) cuenta con una extensión de 3443,7802 ha., y está definido por 280 puntos con coordenadas.

2.2.2. Propuesta de Ordenamiento Productivo del Incoder para las áreas objeto de titulación de baldíos individualmente considerados.

2.2.2.1. Caracterización biofísica y territorial.

Geología: En Santander, geológica y estructuralmente, la región se ubica en un ambiente compresivo, aunque se diferencian dos estilos estructurales muy característicos que diferencian al sector occidental del oriental. Al Sur de Santander, se tiene un ambiente que evidencia un estilo estructural compresivo, en el que se observan sinclinales y anticlinales como los de Chima y Jesús María. Estas estructuras y las fallas regionales tienen una orientación predomínate de Sur - Oeste a Noreste, afectadas localmente por estructuras transversales o pinnadas al sistema predominante.

Entre ellas se menciona la formación Rosa Blanca (Rocas sedimentarias de Edad Cretácica) que se caracteriza por presentar paisajes cársticos, manifestados en la formación de dolinas, lagos, cuevas y farallones y/o edificios de calizas de gran altura, que se han resistido a la meteorización por el paso del tiempo.

Estructura geológica del área directa

· Falla de la Salina: Se encuentra localizada al occidente del departamento de Santander; es una falla inversa de ángulo alto. En las veredas Indostán, Alto Tesorito, Campo Alegre, Gualilo y Loma Candela.

· Sinclinal del río Pescadero: Estructura de tipo inverso y de bajo ángulo. En las veredas Villanueva, Alto Minero, La palma y el Filo de la Cuchilla.

· Anticlinal de Portones: Estructura asimétrica con el flanco occidental más inclinado que el oriental y cuya longitud es de aproximadamente 30 km. En las veredas El Diamante, Quebrada Larga, Bajo Centro, Esperanza y Gaital.

Otras estructuras menores son la anticlinal y sinclinal de La Belleza, la anticlinal de Florián, la sinclinal de La Pradera y lafalla de La Belleza con una dirección predominante Noreste a Suroeste, que por su corta extensión no se describen en detalle; estas estructuras dominan el extremo oriental del municipio sobre la formación Rosa Blanca.

Geomorfología: Para el área de trabajo se tiene que el modelado que rige esta zona es denudacional que corresponde a aquellasformas del relieve originadas predominantemente por eventos climáticos que han actuado directamente sobre la roca durante largos periodos de tiempo y con esto un proceso de desgaste lento y continuo. Geomorfológicamente el municipio de Sucre cuenta con un paisaje de montaña y relieve de filas y vigas muy escarpadas comprendidas entre pendientes del 12% al 75%.

Paisaje geomorfológico: En el área objeto de estudio se tiene que el paisaje que predomina en casi toda su extensión es el de montaña; este paisaje hace parte de la cordillera oriental, su relieve es muy abrupto y complejo, varia de...

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