Resolución número 000034 de 2013, por medio de la cual se modifican los artículos 47y 50 de la Resolución 000090 de 2012 'Por la cual se adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales' - 28 de Febrero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 426071494

Resolución número 000034 de 2013, por medio de la cual se modifican los artículos 47y 50 de la Resolución 000090 de 2012 'Por la cual se adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales'

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín48718

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 211 de la Constitución Política, artículos , 10 (inciso 2º), 78 y 82 de la Ley 489 de 1998; el inciso 2º del artículo 45 del Decreto 111 de 1996; el artículo 2º del Decreto-ley 1071 de 1999; el artículo 6º numerales 1, 5, 22, 29, 32 y artículo 49 del Decreto 4048 de 2008, y el artículo 17 del Decreto 1716 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que en atención a la actual distribución de competencias funcionales internas de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y la distribución de Despachos Judiciales, se hace necesario realizar redistribución de las delegaciones efectuadas en materia de representación judicial.

RESUELVE:

Artículo 1º Modificase el artículo 47 de la Resolución 000090 de fecha 27 de septiembre de 2012, el cual queda así:

"Artículo 47. Delegación para el Nivel Local. Delegar en los Jefes de División de Gestión Jurídica, o quien haga sus veces, la representación, en lo judicial y extrajudicial, de la Nación - Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para la atención de los siguientes asuntos:

  1. Los procesos y acciones judiciales de cualquier naturaleza; diligencias judiciales y extrajudiciales, así como en cualquier actuación en la que se esté controvirtiendo judicial o extrajudicialmente los actos, contratos, hechos, omisiones u operaciones que expidan, realicen o en que incurran o participen el (la) Director (a) Seccional o funcionarios de la respectiva Dirección Seccional o que pertenezcan a su jurisdicción, incluidos los Delegados, así como en los que la Entidad sea víctima.

  2. Los procesos judiciales en los que se discutan derechos inmobiliarios, reales o posesorios de bienes raíces ubicados en su jurisdicción.

  3. Los procesos judiciales en los que se discutan asuntos administrativos, contractuales, laborales o disciplinarios derivados de actos, contratos, hechos, omisiones u operaciones que expida, o en que incurra o participe la Dirección Seccional o de los servidores públicos de esta.

  4. Los procesos judiciales en los que se discutan asuntos de carácter laboral - administrativo en los que actúe como demandante un servidor público que esté al servicio o que su última ubicación haya sido la respectiva Dirección Seccional.

Parágrafo. La delegación de la representación judicial y extrajudicial, en los casos a los que se refiere el numeral 2 para el caso de derechos inmobiliarios, reales o posesiones de bienes raíces ubicados en Bogotá D. C. y en el departamento de Cundinamarca, será competencia del (a)...

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