Resolución número 0246 de 2013, por la cual se modifican los artículos 10, 11 y 15 de la Resolución 535 de 2012 - 30 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 438968654

Resolución número 0246 de 2013, por la cual se modifican los artículos 10, 11 y 15 de la Resolución 535 de 2012

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín48806

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 8 del artículo 3º del Decreto-ley 555 de 2003 y en desarrollo de los artículos y del Decreto 1190 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 1190 de 2012 se reglamentó el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, en materia de vivienda de interés social nueva para áreas urbanas.

Que el artículo 3º del Decreto 1190 de 2012 dispone que para acceder a la cobertura a la tasa "los potenciales beneficiarios deberán manifestar por escrito al establecimiento de crédito, su intención de recibirla, antes del desembolso del crédito o de la suscripción del respectivo contrato de leasinghabitacional". Es decir, la norma reglamentaria permite que la solicitud del beneficio se realice en cualquier momento antes del desembolso de crédito, si se trata de adquisición de vivienda nueva, o de la suscripción del contrato de leasing habitacional cuando sea el caso.

Que el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) expidió la Resolución 535 del 20 de junio de 2012, por la cual se señala al Banco de la República y a los establecimientos de crédito los términos y condiciones para realizar el intercambio de flujos derivados de la cobertura de tasa de interés, que facilite lafinanciación de vivienda de interés social nueva para áreas urbanas, se precisa el alcance y contenido de los contratos marco de permuta financiera de tasas de interés a que se refiere el artículo 10 de que trata el Decreto 1190 de junio 5 de 2012, y se dictan otras disposiciones".

Que el artículo 10 de la Resolución 535 de 2012 respecto de la solicitud de acceso a la cobertura de tasa para la financiación de vivienda de interés social nueva para áreas urbanas, dispuso que los potenciales deudores de crédito o locatarios de contratos leasing habitacional interesados en obtener el beneficio de cobertura de tasa de que trata el Decreto 1190 de 2012 deben presentar la solicitud de acceso ante el establecimiento de crédito por escrito con anterioridad a la aprobación del crédito o de la operación de leasing habitacional, según corresponda so pena de no ser beneficiarios de la misma.

Que de acuerdo con lo expuesto, se observa una incongruencia respecto del momento en el cual se puede solicitar la cobertura, en consecuencia se hace necesario modificar los artículos 10 y 11 de la Resolución 535 de 2012, para establecer como términos máximos de la solicitud de la cobertura a la tasa de interés el señalado en el artículo 3º del Decreto 1190 de 2012.

Que el...

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