Resolución número 02557 de 2013, por medio de la cual se reconoce personería jurídica a la Fundación de Atención a Niños Discapacitados (Fandis) - 21 de Noviembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 477500134

Resolución número 02557 de 2013, por medio de la cual se reconoce personería jurídica a la Fundación de Atención a Niños Discapacitados (Fandis)

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín48981

El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Caldas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Resolución número 3899 de septiembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que la Fundación de Atención a Niños Discapacitados (Fandis), tiene como objeto "Facilitar educación especial a todos los niños que requieran de ella, para que puedan ser atendidos adecuadamente por profesionales, proporcionándoles los conocimientos básicos acordes a las capacidades psíquicas y físicas de los niños, para su desenvolvimiento y una futura integración a la educación regular, logrando una proyección social y laboral".

Que la Fundación de Atención a Niños Discapacitados (Fandis), solicitó al ICBF Regional Caldas, el reconocimiento de la Personería Jurídica, la cual se creó como persona jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro.

Que atendiendo la solicitud por parte de la institución para el reconocimiento de la Personería Jurídica, se procedió a la verificación de los requisitos previstos en la Resolución número 3899 de 2010, expedida por la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Que una vez adelantado el estudio y análisis de los documentos aportados se evidenció que la Fundación de Atención a Niños Discapacitados (Fandis) cumple con todos los requisitos exigidos por la Resolución número...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR