Resolución número 096 de 2013, por medio de la cual se reglamentan las funciones para los Supervisores, Interventores de Contratos y Convenios celebrados por el Fondo Nacional de Ahorro - 31 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 439331130

Resolución número 096 de 2013, por medio de la cual se reglamentan las funciones para los Supervisores, Interventores de Contratos y Convenios celebrados por el Fondo Nacional de Ahorro

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Fondo Nacional del Ahorro
Número de Boletín48807

El Presidente del Fondo Nacional de Ahorro, "Carlos Lleras Restrepo", en uso de sus facultades legales, estatutarias y en especial las otorgadas por el Decreto número 1454 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Fondo Nacional de Ahorro es una Empresa Industrial y Comercial del Estado, de carácter financiero del orden nacional, organizado como establecimiento de crédito de naturaleza especial, con régimen legal propio, como lo dispone la Ley 432 de 1998 en concordancia con el Decreto número 2555 del 15 de julio de 2010.

Que la Ley 489 de 1998, sobre organización y funcionamiento de las entidades del Orden Nacional, en el artículo 3º establece que la función administrativa se desarrollará a través de los principios de celeridad, economía, eficacia, eficiencia, responsabilidad y transparencia.

Que la citada Ley 489 dispuso en el artículo 9º: ".las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias (...). Parágrafo. Los representantes legales de las entidades descentralizadas podrán delegar funciones a ellas asignadas, de conformidad con los criterios establecidos en la presente ley, con los requisitos y en las condiciones que prevea los estatutos respectivos.".

Que corresponde a la Presidencia del Fondo Nacional de Ahorro, como máxima autoridad administrativa de la entidad, la adopción de medidas para el adecuado funcionamiento del Fondo, estableciendo metodologías y herramientas para el ejercicio de la interventoría y supervisión de los contratos o convenios, como pautas que incrementen el fortalecimiento del Sistema de Control Interno y con miras a que el conjunto de los elementos que lo conforman interactúen entre sí para el logro de los fines de autorregulación y autocontrol, de conformidad con lo establecido en la Ley 87 de 1993.

Que el artículo 84 de la Ley 1474 de 2011, "por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública", señala: "La supervisión e interventoría contractual implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del contratista. Los interventores y supervisores están facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, y serán responsables por mantener informada a la entidad contratante de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.".

Que el Manual de Gestión Contractual de la Entidad establece que para la vigilancia y control de los contratos se designará un funcionario de la entidad que tenga relación funcional con el objeto contractual, siendo necesario reglamentar las funciones tanto de supervisores, como de interventores de contratos o convenios.

Que teniendo en cuenta las anteriores consideraciones,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Reglamentar las funciones que en ejercicio de su actividad de vigilancia, seguimiento y control, deberán llevar a cabo los supervisores e interventores de los contratos y convenios suscritos por el Fondo Nacional de Ahorro.

Artículo 2º Supervisor.

Serán supervisores de los...

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