Resolución número 00001877 de 2013, por medio de la cual se efectúa la categorización del riesgo de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial para la vigencia 2013 - 31 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 439330942

Resolución número 00001877 de 2013, por medio de la cual se efectúa la categorización del riesgo de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial para la vigencia 2013

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín48807

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas en los artículos 80 y 81 de la Ley 1438 de 2011 y el artículo 8º de la Ley 1608 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo previsto en el artículo 80 de la Ley 1438 de 2011, corresponde al hoy Ministerio de Salud y Protección Social determinar y comunicar anualmente a las direcciones departamentales, municipales y distritales de salud, el riesgo de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial, las que atendiendo a su situación financiera, se clasificarán de acuerdo con la reglamentación que le compete expedir a este Ministerio, teniendo en cuenta sus condiciones de mercado, de equilibrio y viabilidad financiera, a partir de sus indicadores financieros, sin perjuicio de la evaluación por indicadores de salud.

Que el artículo 8º de la Ley 1608 de 2013, definió los programas de saneamiento fiscal y financiero y estableció que los parámetros generales de contenidos, seguimiento y evaluación de estos, se determinarán por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público; al igual que la viabilidad, monitoreo, seguimiento y evaluación de los mismos.

Que ante lo preceptuado en el artículo 8º de la Ley 1608 de 2013, las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial categorizadas mediante la Resolución número 2509 de 2012 en riesgo medio o alto, deberán adoptar el programa de saneamiento fiscal y financiero en las condiciones que determine el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por lo que para la vigencia 2013 continuarán con igual categorización de riesgo.

Que para la vigencia 2013 se procederá a aplicar, a las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial categorizadas en riesgo bajo o sin riesgo, la metodología de categorización del riesgo definida en la Resolución número 2509 de 2012.

Que para la categorización de estas Empresas Sociales del Estado, se cuenta con la información presupuestal y financiera reportada por las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud y consolidada, validada y presentada por las direcciones territoriales de salud en cumplimiento del Decreto número 2193 de 2004.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

La presente resolución tiene por objeto efectuar la categorización de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial para la vigencia 2013.

Artículo 2º Información para la categorización del riesgo.

La categorización del riesgo de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial, se efectuará teniendo en cuenta las condiciones de mercado especiales establecidas en el artículo 3º de la Resolución número 2509 de 2012 y de acuerdo con la metodología definida en el artículo 5º de la misma norma, utilizando las siguientes fuentes de información:

2.1. Información presupuestal y financiera. La información anual con corte a 31 de diciembre del año 2012, que en cumplimiento del Decreto número 2193 de 2004 fue consolidada, validada y presentada por las Direcciones Territoriales de Salud al Ministerio de Salud y Protección Social, con corte a 30 de abril de 2013.

Las Empresas Sociales del Estado que a 30 de abril 2013 no tuvieran información consolidada, validada y presentada por las direcciones territoriales de salud o se detecte alguna imprecisión en la información presentada y no sea corregida o entregada oportunamente, se categorizarán en riesgo alto. Lo anterior, sin perjuicio del reporte, por el no cumplimiento de los términos establecidos en el Decreto número 2193 de 2004, a los organismos de vigilancia y control correspondientes para que se adelanten las acciones a que haya lugar.

2.2. Información para identificar Empresas Sociales del Estado con condiciones de mercado especiales. La información de dispersión poblacional será tomada de las proyecciones del censo DANE para la vigencia sobre la que se realice la categorización. La información de prestación de servicios de urgencias o partos, será tomada del Registro Especial de Prestadores.

Artículo 3º Categorización del riesgo de las Empresas Sociales del Estado para la vigencia 2013.

La categorización del riesgo de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial para la vigencia 2013, será la siguiente:

  1. Las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial categorizadas, mediante la Resolución número 2509 de 2012, en riesgo medio o alto, continuarán con igual categorización de riesgo y deberán adoptar el programa de saneamiento fiscal y financiero en las condiciones que determine el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. La categorización se encuentra contenida en el Anexo Técnico número 1 que hace parte integral de la presente resolución.

  2. A las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial categorizadas sin riesgo o con riesgo bajo, mediante la Resolución número 2509 de 2012, les será aplicada la metodología de categorización del riesgo allí definida. La categorización se encuentra contenida en el Anexo Técnico número 2 que hace parte integral de la presente resolución.

  3. Las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial que a 30 de abril de 2013 no tuvieran información consolidada, validada y presentada por las direcciones territoriales de salud al Ministerio de Salud y Protección Social, se categorizan en riesgo alto. La cate-gorización se encuentra contenida en el Anexo Técnico número 3 que hace parte integral de la presente resolución.

Artículo 4º Comunicación de la categorización del riesgo.

El Ministerio de Salud y Protección Social, una vez publicada la presente resolución procederá a comunicar a las direcciones departamentales, municipales y distritales de salud, la categorización del riesgo de las Empresas Sociales del Estado de su jurisdicción.

Artículo 5º Adopción del Programa de Saneamiento Fiscaly Financiero.

Las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial categorizadas en riesgo medio o alto, deberán adoptar el Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero, dentro de los plazos y en las condiciones que determine el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento del artículo

8º de la Ley 1608 de 2013.

Artículo 6º Viabilidad, monitoreo, seguimiento y evaluación de los Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero.

La viabilidad, monitoreo, seguimiento y evaluación de los Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero estará a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en cumplimiento del artículo 8º de la Ley 1608 de 2013.

Artículo 7º Vigencia.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase

Dada en Bogotá, D.C., a 30 de mayo de 2013. El Ministro de Salud y Protección Social,

Alejandro Gaviria Uribe.

ANEXO TÉCNICO NÚMERO 1

Empresas Sociales del Estado del nivel territorial que mediante la Resolución número 2509 de 2012 fueron categorizadas en riego medio o alto y que continuarán con igual categorización del riesgo

departamento municipio empresa social del estado riesgo
AMAZONAS LETICIA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE LETICIA MEDIO
ANTIOQUIA ABEJORRAL ESE HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS ALTO
ANTIOQUIA ABRIAQUÍ ESE HOSPITAL NUEVO HORIZONTE MEDIO
ANTIOQUIA ALEJANDRÍA ESE HOSPITAL PBRO. LUIS FELIPE ARBELAEZ ALTO
ANTIOQUIA AMAGÁ ESE HOSPITAL SAN FERNANDO ALTO
ANTIOQUIA ANDES ESE HOSPITAL SAN RAFAEL ALTO
ANTIOQUIA ANGELÓPOLIS ESE HOSPITAL LA MISERICORDIA MEDIO
ANTIOQUIA ANGOSTURA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL ALTO
ANTIOQUIA ARBOLETES ESE HOSPITAL PEDRO NEL CARDONA DE ARBOLETES ALTO
ANTIOQUIA ARGELIA ESE HOSPITAL SAN JULIAN MEDIO
ANTIOQUIA BARBOSA ESE HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL BARBOSA MEDIO
ANTIOQUIA BELLO ESE HOSPITAL BELLOSALUD ALTO
ANTIOQUIA BELLO ESE HOSPITAL MENTAL DE ANTIOQUIA ALTO
ANTIOQUIA BELMIRA ESE HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO ALTO
ANTIOQUIA BRICEÑO ESE HOSPITAL EL SAGRADO CORAZÓN ALTO
ANTIOQUIA BURITICÁ ESE HOSPITAL SAN ANTONIO MEDIO
ANTIOQUIA CAICEDO ESE HOSPITAL GUILLERMO GAVIRIA CORREA MEDIO
ANTIOQUIA CAÑASGORDAS ESE HOSPITAL SAN CARLOS MEDIO
ANTIOQUIA CARAMANTA ESE HOSPITAL SAN ANTONIO ALTO
ANTIOQUIA CAREPA ESE HOSPITAL FRANCISCO LUIS JIMÉNEZ MARTÍNEZ ALTO
ANTIOQUIA CISNEROS ESE HOSPITAL SAN ANTONIO CISNEROS MEDIO
ANTIOQUIA CIUDAD BOLÍVAR ESE HOSPITAL LA MERCED ALTO
ANTIOQUIA COCORNÁ ESE HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS MEDIO
ANTIOQUIA COPACABANA ESE HOSPITAL SANTA MARGARITA ALTO
ANTIOQUIA EBÉJICO ESE HOSPITAL SAN RAFAEL EBEJICO ALTO
ANTIOQUIA EL CARMEN DE VIBORAL ESE HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS ALTO
ANTIOQUIA ENVIGADO ESE HOSPITAL MANUEL URIBE ÁNGEL ALTO
ANTIOQUIA ENVIGADO ESE SANTA GERTRUDIS ENVIGADO ALTO
ANTIOQUIA FREDONIA ESE HOSPITAL SANTA LUCÍA MEDIO
ANTIOQUIA GIRARDOTA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL MEDIO
ANTIOQUIA GUADALUPE ESE HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE MEDIO
ANTIOQUIA GUARNE ESE HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DE LA CANDELARIA MEDIO
ANTIOQUIA HELICONIA ESE HOSPITAL SAN RAFAEL ALTO
ANTIOQUIA HISPANIA ESE HOSPITAL SAN JUAN DEL SUROESTE MEDIO
ANTIOQUIA ITAGÜI ESE HOSPITAL SAN RAFAEL-ITAGÜI ALTO
ANTIOQUIA JARDÍN ESE HOSPITAL GABRIEL PELÁEZ MONTOYA MEDIO
ANTIOQUIA JERICÓ ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE JÉRICO MEDIO
ANTIOQUIA LA PINTADA
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