Resolución número 0391 de 2014, por la cual se otorga licencia de funcionamiento bienal a la entidad denominada Asociación Cristiana de Jóvenes 'ACJ' - 7 de Junio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 514466218

Resolución número 0391 de 2014, por la cual se otorga licencia de funcionamiento bienal a la entidad denominada Asociación Cristiana de Jóvenes 'ACJ'

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín49175

El Director de la Regional Tolima del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en uso de sus facultades legales y especialmente las señaladas en la Ley 7a de 1979, Decreto número 2388 de 1979, Decreto número 0276 de 1988, Acuerdo número 004 de 1988, artículo 2º literal n), Resolución número 3899 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 21 del numeral 8 de la Ley 7a de 1979, corresponde al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar otorgar licencias de funcionamiento a las instituciones y establecimientos de protección al menor de edad y a la familia.

Que el mismo artículo en su numeral 7, le atribuye además al ICBF la función de señalar y hacer cumplir los requisitos de funcionamiento de dichas instituciones.

Que el artículo 116 del Decreto número 2388 de 1979, reglamentario de la Ley 7a del mismo año, determina que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en la reglamentación interna que para el efecto expida, establecerá la obligación que tienen las instituciones privadas de protección al menor y la familia, cualquiera que sea su naturaleza jurídica o su organización administrativa de someterse a los requisitos previstos por el ICBF.

Que mediante la Resolución número 3899 del 8 de septiembre de 2010, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar fijó las normas, requisitos y procedimientos para otorgar, suspender y cancelar licencias de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR