Resolución número 0051 de 2014, por la cual se adiciona un rango de cupos numéricos a una Clínica para la asignación del NUIP - 9 de Enero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 485425906

Resolución número 0051 de 2014, por la cual se adiciona un rango de cupos numéricos a una Clínica para la asignación del NUIP

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín49028

El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 266 de la Constitución Política y artículo 22 de la Ley 962 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto por el inciso 2º del artículo 266 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo número 01 de 2003, corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil ejercer, entre otras, la función de organizar y dirigir el registro civil y la identificación de los colombianos;

Que mediante Resolución número 3571 del 30 de septiembre de 2003, el Registrador Nacional del Estado Civil determinó la nueva estructura del Número Único de Identificación Personal (NUIP), para la identificación de los colombianos, el cual estará compuesto por 10 dígitos numéricos, iniciando en el 1.000.000.000;

Que el Número Único de Identificación Personal (NUIP), será asignado en las oficinas que ejercen la función de Registro del Estado Civil al inscribir el nacimiento o al momento de iniciar el trámite para la expedición de la cédula de ciudadanía;

Que el artículo 22 de la Ley 962 de 2005, dispone "(...) Créase el Número Único de Identificación Personal (NUIP), el cual será asignado a los colombianos por la Registraduría Nacional del Estado Civil en el momento de inscripción del registro civil de nacimiento expedido por los funcionarios que llevan el Registro Civil. El NUIP se aplicará a todos los hechos y actos que afecten...

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