Resolución número 0317 de 2014, por la cual se reglamenta la expedición de salvoconductos para la condición de refugiado según el Decreto número 2840 de 2013 - 20 de Febrero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 493783014

Resolución número 0317 de 2014, por la cual se reglamenta la expedición de salvoconductos para la condición de refugiado según el Decreto número 2840 de 2013

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
Número de Boletín49070

El Director de Migración Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial, las conferidas por los numeral 3, 4 y 14 del artículo 10 del Decreto-ley 4062 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-ley 4062 de 2011 en su artículo 3º establece que el objetivo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, es ejercer las funciones de autoridad de vigilancia y control migratorio y de extranjería del Estado colombiano.

Que el numeral 7 del artículo 4º del Decreto-ley 4062 de 2011, establece como función a cargo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia la de expedir los documentos relacionados con cédulas de extranjería, salvoconductos, prórrogas de permanencia y salida del país, certificado de movimientos migratorios, permiso de ingreso, registro de extranjeros y los demás trámites y documentos relacionados con migración y extranjería.

Que los numerales 2 y 3 del artículo 17 del Decreto-ley 4062 de 2011, establecen que la Subdirección de Extranjería tiene como funciones, la de orientar la expedición de los documentos relacionados con cédulas de extranjería, salvoconductos y prórrogas de permanencia y salida del país, certificado de movimientos migratorios, permiso de ingreso, registro de extranjeros y los demás trámites y documentos relacionados con migración y extranjería que sean asignados a la entidad, dentro de la política que para tal efecto establezca el Gobierno Nacional y establecer los protocolos para el cumplimiento de los requisitos señalados para la prestación de los servicios de extranjería.

Que mediante la expedición del Decreto número 834 de 2013 "Por la cual se establecen disposiciones en materia migratoria de la República de Colombia" el Gobierno Nacional estableció los principales lineamientos relacionados con la actividad y los servicios migratorios en el territorio nacional.

Que el artículo 3º del Decreto número 834 de 2013 consagra que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia ejercerá la vigilancia y control migratorio de nacionales y extranjeros en el territorio nacional.

Que el artículo 38 del Decreto número 834 de 2013 establece que los salvoconductos SC-1 y SC2, para salida o permanencia en el país, son documentos de carácter temporal que expide la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia al extranjero que lo requiera.

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 2840 de 6 de diciembre de 2013 "Por el cual se establece el Procedimiento para el Reconocimiento de la Condición de Refugiado, se dictan normas sobre la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado y otras disposiciones.".

Que los artículos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR