Resolución número 231 de 2014, por medio de la cual se resuelve una solicitud de otorgamiento de concesión de aguas subterráneas - 8 de Abril de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 504469710

Resolución número 231 de 2014, por medio de la cual se resuelve una solicitud de otorgamiento de concesión de aguas subterráneas

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipielago de San Andres, Providencia y Santa Catalina, Coralina
Número de Boletín49117

El Director General de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Coralina), en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Acuerdo número 002 de enero de 2013, la Ley 99 de 1993, Decreto número 1541 de 1978 y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Auto número 294 del 11 de junio de 2013, se dio inicio al trámite administrativo de renovación de concesión para el aprovechamiento de aguas subterráneas, solicitado por la Propiedad Horizontal Edificio Villa del Mar, para derivar el recurso de un (1) pozo existente en el predio identificado con Matrícula Inmobiliaria número 450-10105, sector Goad Heat, en la isla de San Andrés.

Que dicho acto fue notificado personalmente a la interesada la señora Mónica Salazar Coronado, en su calidad de Administradora de la Propiedad Horizontal, el día 11 de junio de 2013.

Que obra en el expediente la Resolución número 001682 de 10 de abril de 2013 expedida por la Secretaría de Salud Departamental, mediante el cual se emitió certificación sanitaria favorable para consumo humano, para el pozo objeto del presente procedimiento.

Que mediante escrito Radicado con el número 1274 del 12 de junio de 2013, la entonces Representante Legal Propiedad Horizontal Edificio Villa del Mar allegó a esta Corporación recibo de consignación RC-8074 correspondiente al pago por el trámite, indispensable para dar continuidad al trámite de concesión de aguas subterráneas.

Que el expediente fue remitido a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación, la cual se pronunció por medio del Informe Técnico número 116 del 13 de marzo de 2014, donde se estima, entre otras cosas, viable el otorgamiento de la concesión solicitada; del informe aludido se sustraen, entre otros apartes, los siguientes:

"(.)

  1. Evaluación documentación técnica

    La Subdirección de Gestión Ambiental ha desarrollado seguimientos de control mensual al pozo y el análisis de la información obtenida permite conceptuar con respecto a la solicitud de concesión solicitada para esta captación.

    · Que de acuerdo al análisis de los datos obtenidos durante los seguimientos realizados al pozo PC71, el promedio de explotación permaneció por debajo del nivel máximo autorizado en la resolución la cual renovó la concesión, con un promedio de 18,13 m3/día, el cual equivale al 16,96 % del caudal otorgado en la última concesión. Sin embargo en mes de junio de 2011 y septiembre de...

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