Sentencias proferidas por la Sala Plena de la Honorable Corte Constitucional de las sesiones efectuadas los días 29 y 30 de octubre, 5 y 19 de noviembre de 2014
Emisor | Corte Constitucional |
Número de Boletín | 49347 |
PROVIDENCIA | PARTE RESOLUTIVA |
Expediente D-10045 - Sentencia C-792 de 2014 | Primero. Declarar laINCONSTITUCIONALIDAD |
Magistrado Ponente: Doctor Luis Guillermo | con efectos diferidos y en los términos señalados |
Guerrero Pérez | en el numeral segundo de la parte resolutiva de |
Norma Revisada: Ley 906 de 2004, artículos 20, 32, | esta providencia, de las expresiones demandadas |
161, 176, 179, 179 B, 194 y 481 (parciales). | contenidas en los artículos 20, 32, 161, 176, |
179, 179 B, 194 y 481 de la Ley 906 de 2004, en | |
cuanto omiten la posibilidad de impugnar todas | |
las sentencias condenatorias y EXEQUIBLE el | |
contenido positivo de esas disposiciones. | |
Segundo. EXHORTAR al Congreso de la República | |
para que, en el término de un año contado a partir | |
de la notificación por edicto de esta sentencia, | |
regule integralmente el derecho a impugnar todas | |
las sentencias condenatorias. De no hacerlo, a | |
partir del vencimiento de este término, se entenderá | |
que procede la impugnación de todas las sentencias | |
condenatorias ante el superior de quien impuso la | |
condena. |
PROVIDENCIA Expediente D-10138 - Sentencia C-793 de 2014Magistrado Ponente: Doctor Gabriel Eduardo Mendoza Martelo.Norma Revisada: Ley 1523 de 2012, artículos 86, 87 y 88 (parciales). | PARTE RESOLUTIVA Primero. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "pública"y "públicas" contenidas en los artículos 86 y 88 de la Ley 1523 de 2012 "por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones". Segundo. INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo respecto de la expresión "que para este fin debe dictar la entidad acreedora. La condición de afectado será reconocida por la misma entidad pública acreedora" del artículo 87 de la Ley 1523 de 2012, por ineptitud del cargo. |
Expediente D-10191 - Sentencia C-794 de 2014Magistrado Ponente: Doctor Mauricio González CuervoNorma Revisada: Ley 734 de 2002, artículo 48, numeral 39. | Declarar EXEQUIBLE la expresión "y en las controversias políticas" del numeral 39 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002 "por la cual se expide el Código Disciplinario Único". |
Expediente D-10190 - Sentencia C-795 de 2014Magistrado Ponente: Doctor Jorge Iván Palacios Palacios.Norma Revisada: Ley 1448 de 2011, artículo 100 (parcial). | Declarar INEXEQUIBLE la expresión "dentro de los tres días siguientes al pago de las compensaciones ordenadas por el Juez o Magistrado cuando hubiere lugar a ello, o" del artículo 100 de la Ley 1448 de 2011. |
Expediente D-10176 - Sentencia C-796 de 2014Magistrado Ponente: Doctor Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.Norma Revisada: Código Sustantivo del Trabajo, artículo 430, literal h). | Primero. Declarar EXEQUIBLE el literal h) del artículo 430 del Código Sustantivo del Trabajo, por las razones expuestas en esta providencia. Segundo. EXHORTAR al Congreso para el que el término de dos años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Constitución Política, avance en la delimitación del ámbito en el que no sería posible ejercer el derecho de huelga en el sector específico de |
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