Resolución Ejecutiva número 035 de 2014, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 19 de Febrero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 493643978

Resolución Ejecutiva número 035 de 2014, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49069

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0550 del 1º de abril de 2013, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano John Stivens Mesa Caro, requerido para comparecer a juicio por delitos federales.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante Resolución del 9 de abril de 2013, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano John Stivens Mesa Caro, identificado con la cédula de ciudadanía número 1036652118, quien había sido detenido el 8 de abril de 2013, con fundamento en una Circular Roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1007 del 6 de junio de 2013, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano John Stivens Mesa Caro.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "John Stivens Mesa Caro es requerido para comparecer a juicio por delitos federales. Es el sujeto de la acusación ("complaint") número K-574678-6, dictado el 3 de enero de 2007, en la Corte Magistrada Distrital de Lackawanna, Pensilvania, mediante la cual se le acusa de:

    Un Cargo por cometer un acto que constituyó un paso importante hacia la comisión del delito de homicidio, en violación del Título 18, Secciones 901 y 2501 del Código Penal de Pensilvania;

    -- Un Cargo por causar o intentar causar lesiones corporales graves a otra persona bajo circunstancias que demuestran indiferencia extrema al valor por la vida humana, en violación del Título 18, Sección 2702 del Código Penal de Pensilvania;

    Tres Cargos por participar en conducta que puso o pudo poner a otra persona en peligro de muerte o de lesiones corporales graves, en violación del Título 18, Sección 2705 del Código Penal de Pensilvania; y

    -- Un cargo por porte de un arma de fuego dentro de un vehículo, u oculta en su persona, sin una licencia válida y legalmente expedida, en violación del Título 18, Sección 6106 del Código Penal de Pensilvania.

    (...)

    Un auto de detención contra John Stivens Mesa Caro por estos cargos fue dictado el 3 de enero de 2007, por orden de la Corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (...)

    Todas las actividades delictivas realizadas por el acusado en este caso tuvieron lugar con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano John Stivens Mesa Caro, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI/GCE número 1167 del 7 de junio de 2013, señaló que "... En atención a lo establecido en la legislación procesal penal interna, es preciso señalar que, por no existir tratado aplicable al caso en mención, es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano...".

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano John Stivens Mesa Caro, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número OFI13-0014138-OAI-1100 del 12 de junio de 2013, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema...

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