Decreto número 729 de 2014, por el cual se concede una prórroga para la posesión de una Registradora de Instrumentos Públicos - 10 de Abril de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 504900006

Decreto número 729 de 2014, por el cual se concede una prórroga para la posesión de una Registradora de Instrumentos Públicos

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49119

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 46 del Decreto 1950 de 1973, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional mediante Decreto 238 de 12 de febrero de 2014 designó a la doctora Blanca Yaneth Calvera Gómez, identificada con la cédula de ciudadanía número 23799848 de Muzo, Boyacá, como Registradora Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Santa Marta, Magdalena, Código 0191, Grado 19, de conformidad con la lista de elegibles vigente dentro del Concurso de Méritos para la provisión de cargos de Registradores de Instrumentos Públicos.

Que mediante comunicación del 28 de febrero de 2014 la doctora Blanca Yaneth Calvera Gómez aceptó el nombramiento en propiedad como Registradora Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Santa Marta, Magdalena, Código 0191, Grado 19.

Que en escrito del 28 de febrero del 2014, la doctora Blanca Yaneth Calvera Gómez solicitó que se le conceda prórroga para tomar posesión como Registradora Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Santa Marta, Magdalena, por el lapso de noventa (90) días, para justificar su petición adujo que para su traslado a la ciudad de Santa Marta debe ubicarle un colegio a su hijo, además, que actualmente labora en la Defensoría del Pueblo de Boyacá y que tiene a su cargo la coordinación de asuntos electorales, por lo que requiere de un tiempo prudencial para que le sea aceptada la renuncia y entregar los asuntos que tiene pendientes.

Que el artículo 46 del Decreto 1950 de 1973 señala: "Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de aceptación de un empleo, la persona designada deberá tomar posesión. Este término podrá prorrogarse si el designado no residiere en el lugar del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora, pero en todo caso la...

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