Resolución número 0000893 de 2014, por la cual se establecen las tarifas de los peajes en las estaciones Valencia, El Difícil, Puente Plato, La Loma, El Copey y Tucurinca, ubicadas en el corredor vial Carmen de Bolívar - Valledupar y San Roque - Ye de Ciénaga, a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura - 14 de Abril de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 505466482

Resolución número 0000893 de 2014, por la cual se establecen las tarifas de los peajes en las estaciones Valencia, El Difícil, Puente Plato, La Loma, El Copey y Tucurinca, ubicadas en el corredor vial Carmen de Bolívar - Valledupar y San Roque - Ye de Ciénaga, a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín49123

La Ministra de Transporte, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 6.15 del artículo 6º del Decreto número 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 de la Ley 105 de 1993 modificado parcialmente por el artículo 1º de la Ley 787 de 2002, establece:

"Artículo 21. Tasas, tarifas y peajes en la infraestructura de transporte a cargo de la nación. Para la construcción y conservación de la infraestructura de transporte a cargo de la Nación, esta contará con los recursos que se apropien en el Presupuesto Nacional y además cobrará el uso de las obras de infraestructura de transporte a los usuarios, buscando garantizar su adecuado mantenimiento, operación y desarrollo.

Para estos efectos, la Nación establecerá peajes, tarifas y tasas sobre el uso de la infraestructura nacional de transporte y los recursos provenientes de su cobro se usarán exclusivamente para ese modo de transporte (...)".

Que el numeral 15 del artículo 6º del Decreto número 087 de 2011, establece:

"Artículo 6º. Funciones del Despacho del Ministro de Transporte. Son funciones del Despacho del Ministro de Transporte, además de las señaladas por la Constitución Política y la ley, las siguientes:

(...)

6.15. Establecer los peajes, tarifas, tasas y derechos a cobrar por el uso de la infraestructura de los modos de transporte, excepto el aéreo".

Que el Instituto Nacional de Concesiones (INCO) hoy Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), suscribió el Contrato de Concesión número 007 de 2010 con Yuma Concesionaria S. A., estableciendo en el literal b) de la Sección 13.06 la estructura tarifaria del citado contrato, contemplando que las tarifas de cada una de las estaciones de peaje serán ajustadas de acuerdo con el incremento del IPC y del TPDAPS, aplicando la fórmula contractualmente determinada.

Que mediante acta de entrega de fecha 1º de junio de 2011, el Instituto Nacional de Concesiones (INCO) hoy Agencia Nacional de Infraestructura...

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