Resolución número 0000952 de 2014, por la cual se acepta un impedimento - 22 de Abril de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 507620414

Resolución número 0000952 de 2014, por la cual se acepta un impedimento

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín49130

La Ministra de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, en especial 1as conferidas por los artículos 61 literal h) de la Ley 489 de 1998 y 12 de la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 000695 del 8 de abril de 2014 se nombró al doctor Gustavo Alberto Lenis Steffens, Director General Nivel 15 Grado 24 de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), posesionado el 8 de abril de 2014 mediante Acta de Posesión número 1538.

Que a través de los Oficios 1000-2014017710 del 9 de abril de 2014 y 2014018162 del 11 de abril de 2014, el doctor Gustavo Alberto Lenis Steffens en su condición de Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), manifiesta a este despacho, tener impedimento para conocer, pronunciarse y decidir sobre los asuntos relacionados con las sociedades El País S.A. y Aerorepública S.A., por cuanto fue miembro de las Juntas Directivas de dichas empresas hasta el mes de marzo de 2014; así como también, en todos los asuntos relacionados con el Contrato de Concesión número 058-CON-2000 celebrado el 1º de junio de 2000 entre la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y Aerocali S.A. para la administración, operación y explotación económica del aeropuerto "Alfonso Bonilla Aragón" de la ciudad de Palmira, toda vez que, un pariente suyo en segundo grado de consanguinidad es el gerente de la sociedad concesionaria.

Que la Ley 1437 de 2011, "por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", en el artículo 3º numeral 3 dispone:

"Artículo 3º. Principios. Todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales.

Las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación,, responsabilidad,...

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