Acta número (001), por la cual se conforma la Comisión Conjunta de la Unidad Ambiental Cosiera (UAC) de la Alta Guajira - 25 de Septiembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 535662726

Acta número (001), por la cual se conforma la Comisión Conjunta de la Unidad Ambiental Cosiera (UAC) de la Alta Guajira

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49285

La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Director de la Corporación Autónoma Regional de La Guajira (Corpoguajira), en uso de sus facultades legales y en especial

las conferidas por el parágrafo 3º del artículo 33 de la Ley 99 de 1993, los artículos 208 y 212 de la Ley 1450 de 2011, el artículo 11 del Decreto número 1120 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 80 de la Constitución Nacional, consagra a cargo del Estado la obligación de planificar el manejo y aprovechamiento de los Recursos Naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución;

Que corresponde al Estado la protección del ambiente marino, constituido por las aguas, por el suelo, el subsuelo y el espacio aéreo del mar territorial y el de la zona económica y por las playas y recursos renovables de la zona según lo establecido en el artículo 164 del Decreto-ley 2811 de 1974;

Que el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, establece como función de las Corporaciones Autónomas Regionales, participar con los demás organismos y entes competentes en el ámbito de su jurisdicción, en los procesos de planificación y ordenamiento territorial a fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en las decisiones que se adopten;

Que el parágrafo 3º del artículo 207 de la Ley 1450 de 2011 señala que los planes de manejo de las unidades ambientales costeras, deberán establecer pautas generales para la conservación y restauración, manejo integrado y uso sostenible de ecosistemas de arrecifes de coral. Para tal fin, corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible de los departamentos costeros elaborar los planes de manejo costero de las Unidades Ambientales Costeras;

Que el parágrafo 3º del artículo 33 de la Ley 99 de 1993 consagra que cuando dos o más Corporaciones Autónomas Regionales tengan jurisdicción sobre un ecosistema o sobre una cuenca hidrográfica común, constituirán una comisión conjunta de conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional;

Que el artículo 212 de la Ley 1450 de 2011 señala que le corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en su condición de ente rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables del país y coordinador...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR