Resolución número 9 0386 de 2014, por la cual se declara a una Entidad Prestadora de Servicios Públicos deudora del Ministerio de Minas y Energía - Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos (FSSRI) - 8 de Abril de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 504469606

Resolución número 9 0386 de 2014, por la cual se declara a una Entidad Prestadora de Servicios Públicos deudora del Ministerio de Minas y Energía - Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos (FSSRI)

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín49117

La Secretaria General, en ejercicio de sus atribuciones, en especial las previstas en el artículo 99 de la Ley 1437 de 2011, en el Decreto número 381 de 2012, modificado por el Decreto número 1617 de 2013, en la Resolución número 9 0005 del 7 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Leyes 142 y 143 de 1994 se creó el Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos como un fondo cuenta para administrar las contribuciones de solidaridad y los subsidios que las diferentes empresas de energía eléctrica y gas combustible distribuido por red física, facturan y otorgan a los usuarios finales.

Que mediante Decreto número 847 de 11 de mayo de 2001, modificado por el Decreto número 201 del 27 de enero de 2004, se establece el procedimiento interno para la liquidación, reportes y validación de las cuentas de subsidios y contribuciones, así como la manera de efectuar los giros al Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos por los superávits que presenten los comercializadores de energía eléctrica.

Que la empresa VATIA S. A. E.S.P. - VATIA, con NIT 817.001.892.1, es una empresa de servicios públicos domiciliarios, que opera como comercializador de energía en todo el territorio nacional.

Que de acuerdo con la información y documentación presentada por VATIA S. A. E.S.P. - VATIA y con la normatividad que reglamenta el Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos, la Dirección de Energía del Ministerio de Minas y Energía ha validado para dicha empresa un superávit acumulado por concepto de conciliaciones de subsidios y contribuciones correspondientes al segundo, tercero y cuarto trimestre de 2013 el cual incluye rendimientos e intereses de mora liquidados al 8 de abril de 2014, y que a la fecha, no han sido transferidos en nombre de los comercializadores incumbentes ni del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos.

Que la Dirección de Energía del Ministerio de Minas y Energía siguiendo el procedimiento establecido en los Decretos números 847 de 2001 y 201 de 2004 envió, mediante comunicación 2014013062 de 28 de...

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