Resolución número 0717 de 2013, por la cual se aclara el literal b) del artículo 17 de los estatutos de la Asamblea General Ordinaria de Afiliados a la Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca -Comfenalco Valle aprobada mediante Resolución número 0248 del 23 de abril de 2013, confirmada por la 0454 del 11 de julio de 2013 - 8 de Noviembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 475305750

Resolución número 0717 de 2013, por la cual se aclara el literal b) del artículo 17 de los estatutos de la Asamblea General Ordinaria de Afiliados a la Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca -Comfenalco Valle aprobada mediante Resolución número 0248 del 23 de abril de 2013, confirmada por la 0454 del 11 de julio de 2013

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín48968

La Superintendente del Subsidio Familiar, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 25 de 1981, el Decreto número 2595 de 2012, el Decreto Reglamentario número 341 de 1988, la Ley 789 de 2002, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO QUE:

La Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca - Comfenalco Valle celebró la Asamblea General Ordinaria de Afiliados el día veintiuno (21) de marzo de 2013, según consta en la copia del Acta número 56 remitida con Comunicación 10A 1-2013CL14011 del 4 de abril de 2013 y radicada en esta Superintendencia con el número 2013-0020733329 del 9 del mismo mes y año.

En la citada reunión se aprobó, entre otros, la reforma estatutaria del artículo 17, que según transcripción plasmada en el acta de la asamblea, había sido aprobada en los siguientes términos:

Articulado actual Propuesta de reforma
Artículo 17. Composiciónyperiodo. Integran el Artículo 17. Composicióny periodo. Integran el
Consejo Directivo diez (10) miembros principales y Consejo Directivo diez (10) miembros principales y
diez (10) miembros suplentes, quienes son elegidos diez (10) miembros suplentes, quienes son elegidos
y designados por la Asamblea General de Afiliados y y designados por la Asamblea General de Afiliados
por el Ministerio de la Protección Social, como más y por el Ministerio del Trabajo, como más adelante
adelante se indica por un periodo de dos (2) años, así: se indica por un periodo de seis (6) años, así:
a) Cinco (5) representantes de los empleadores a) Cinco (5) representantes de los empleadores
afiliados a la Caja con sus respectivos suplentes, afiliados a la Caja con sus respectivos suplentes,
elegidos por la Asamblea General de Afiliados por elegidos por la Asamblea General de Afiliados por
sistema de cuociente electoral. sistema de cuociente electoral.
La inscripción de listas para elección de Consejo La inscripción de listas para elección de Consejo
Directivo debe hacerse por escrito, contener el nombre Directivo debe hacerse por escrito, contener el nombre
de los principales y de sus suplentes personales, llevar de los principales y de sus suplentes personales, llevar
la constancia de aceptación de los incluidos en ella, el la constancia de aceptación de los incluidos en ella, el
nombre de la persona jurídica a la cual representan y
...

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