Resolución número DESAJNR13-2127 de 2013, por medio de la cual se acoge la aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012, conforme lo establece el Decreto número 1510 de 2013 - 15 de Agosto de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 455592122

Resolución número DESAJNR13-2127 de 2013, por medio de la cual se acoge la aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012, conforme lo establece el Decreto número 1510 de 2013

EmisorVarios - Consejo Superior de la Carrera Notarial
Número de Boletín48883

La Directora Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Neiva, en ejercicio de sus facultades legales estatutarias y en especial las que le confiere el numeral 3º del artículo 103 de la Ley 270 de 1996, en armonía con el artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013, y

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 103 de la Ley 270 de 1996 y el Acuerdo número 163 de 1996, corresponde al Director Ejecutivo de Administración Judicial suscribir en nombre de la Nación - Consejo Superior de la Judicatura los actos y contratos que deban otorgarse o celebrarse.

Que la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial el Consejo Superior de la Judicatura viene adelantando todos los procesos contractuales, mediante las disposiciones legales referidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Decreto número 734 de 2012 y demás normas complementarias en materia de contratación.

Que el gobierno nacional expidió el Decreto número 1510 de 2013, el cual entrará en vigencia el 15 de agosto de 2013 y en su artículo 163 deroga expresamente el Decreto número 734 de 2012.

Que el artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013, expuso en el numeral 2 lo siguiente:

"2. Aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012. Aquellas Entidades Estatales que, por razones operativas derivadas de la necesidad de ajustar sus procedimientos internos de contratación a la nueva reglamentación, consideren necesario continuar aplicando las disposiciones del Decreto número 734 de 2012 pueden hacerlo para todos sus Procesos de Contratación durante el periodo de transición que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2013.

Para el efecto, las Entidades Estatales deben expedir a más tardar el 15 de agosto de 2013 un acto administrativo de carácter general en el cual manifiesten que se acogen a dicho período de transición, el cual debe ser publicado en el Secop".

Que la Dirección Ejecutiva Seccional de Neiva, viene adelantando los procesos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR