Resolución número 1230 de 2013, por medio de la cual se acoge la aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012, conforme lo establece el Decreto número 1510 de 2013 - 15 de Agosto de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 455592134

Resolución número 1230 de 2013, por medio de la cual se acoge la aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012, conforme lo establece el Decreto número 1510 de 2013

EmisorVarios - Consejo Superior de la Carrera Notarial
Número de Boletín48883

El Director Secciona1 de Administración Judicial de Valledupar, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 103 de la Ley 270 de 1996, en armonía con el artículo 162 de la Ley 1510 de 2013 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 103 de la Ley 270 de 1996, corresponde al Director Seccional de la Rama Judicial, suscribir en nombre de la Nación-Consejo Superior de la Judicatura, los actos y contratos que deban otorgarse o celebrarse, conforme a los actos de la delegación que expida el Director Ejecutivo de Administración Judicial.

Que la Dirección Seccional de Administración Judicial de Valledupar, Cesar, viene adelantando todos los procesos contractuales, con sujeción a las disposiciones legales referidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Decreto número 734 de 2012 y demás normas complementarias en materia de contratación.

Que el Gobierno nacional expidió el Decreto número 1510 del 17 de julio de 2013, el cual entrará en vigencia el 15 de agosto de 2013 y en su artículo 163 deroga expresamente el Decreto número 734 de 2012.

Que el artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013, establece en el numeral 2 lo siguiente:

"2. Aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012. Aquellas Entidades Estatales que por razones operativas derivadas de la necesidad de ajustar sus procedimientos internos de contratación a la nueva reglamentación, consideren necesario continuar aplicando las disposiciones del Decreto número 734 de 2012 pueden hacerlo para todos sus Procesos de Contratación durante el periodo de transición que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2013.

Para el efecto, las Entidades Estatales deben expedir a más tardar el 15 de agosto de 2013 un acto administrativo de carácter general en el cual manifiesten que se acogen a dicho periodo de transición el cual debe ser publicado en el Secop."

Que mediante Resolución número 4244 de fecha 2 de agosto de 2013, la Directora Ejecutiva de Administración Judicial, resolvió acogerse al periodo de transición previsto en el artículo 162...

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