Acta de Liquidación - 27 de Octubre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43243212

Acta de Liquidación

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Seguros Sociales
Número de Boletín46434

Entre los suscritos a saber Alfonso Rodríguez Guzmán, mayor de edad, vecino de Bogotá, identificado como aparece al pie de su firma, actuando en su condición de Apoderado General de la Liquidación, conforme al poder conferido mediante Escritura Pública número 11478 del 6 de septiembre de 2006 de la Notaría 29 de Bogotá, D. C., por el Presidente y Representante Legal de la Fiduciaria La Previsora S. A., entidad designada por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 35 50 del 28 de octubre de 2004, como liquidador del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión en Liquidación, para que en su nombre y representación ejecute todos los actos y convenios tendientes a la liquidación de la citada empresa, quien en adelante se denominará Inravisión en Liquidación, sociedad creada mediante Decreto 3267 del 20 de diciembre de 1963 como establecimiento público adscrito al Ministerio de Comunicaciones, transformado por la Ley 42 de 1985 como entidad asociativa de carácter especial y posteriormente por la Ley 182 de 1995 transformada en sociedad, organizada como empresa industrial y comercial del Estado, naturaleza esta conservada por la Ley 335 de 1996, cuya supresión y liquidación fue ordenada por el Gobierno Nacional en virtud del Decreto 3550 del 28 de octubre de 2004, por una parte y, por la otra, la señora Ministra de Comunicaciones María del Rosario Guerra de la Espriella, mayor de edad, vecina de Bogotá, identificada con la cédula de ciudadanía número 51636557 de Bogotá, nombrada mediante Decreto número 2290 de julio 12 de 2006, posesionada mediante Acta número 1192 del 19 de julio de 2006, quien en adelante se denominará el Ministerio de Comunicaciones, hemos acordado suscribir la presente acta de transferencia del derecho de propiedad de unos bienes muebles e inmuebles de Inravisión en Liquidación que conforman la red pública de televisión, al Ministerio de Comunicaciones, previas las siguientes

CONSIDERACIONES:

  1. Que mediante el Decreto 3550 del 28 de octubre de 2004, el Gobierno Nacional ordenó la supresión y liquidación del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión.

  2. Que con el propósito de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios públicos de radio y televisión, el Gobierno Nacional autorizó la creación de la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, como entidad prestadora de dichos servicios a través del Decreto 3525 del 26 de octubre de 2004.

  3. Que el artículo 5° del Decreto 3550 establece que para todos los efectos previstos en el mismo se entiende por Gestor del Servicio Público de Televisión a la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC.

  4. Que el artículo 6° del mencionado Decreto 3550 de 2004, establece que: ¿El Gestor a que se refiere el artículo anterior, contratará la operación, administración y mantenimiento de la Red Pública de Radio y Televisión¿.

  5. Que el artículo 24 del Decreto 3550 de 2004, le ordena al liquidador la realización del inventario físico detallado del activo y del pasivo, así como realizar la...

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