Resolución número 02083 de 2013, por la cual se actualiza el Reglamento Estudiantil del Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas - 17 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 437232882

Resolución número 02083 de 2013, por la cual se actualiza el Reglamento Estudiantil del Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín48793

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 5º del

Decreto 260 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticos tiene como principal objetivo instruir y capacitar a los funcionarios de la Aeronáutica Civil que laboran en los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de control, con el propósito de optimizar y mejorar continuamente la prestación de los servicios a cargo de la Entidad, como también contribuir a la formación integral y al fortalecimiento de la cultura del servicio hacia los ciudadanos y el público en general.

Que para alcanzar este objetivo, la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil debe disponer de recursos humanos altamente calificados, para lo cual debe promover y desarrollar programas de instrucción y capacitación de la más alta calidad;

Que conforme a los artículos 57 de la Ley 105 de 1993, 14 del Decreto 260 de 2004 y 137 y 109 de la Ley 30 de 1992, el Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas debe diseñar y poner en práctica un Reglamento Estudiantil que regule los aspectos inherentes al desempeño del cuerpo de estudiantes durante su permanencia en este centro educativo como estudiantes regulares de la educación impartida por el mismo;

Que para dar cumplimiento a las normas relacionadas, mediante Resolución 03589 de 2004 se adoptó el Reglamento Estudiantil, el cual había sido aprobado mediante Acuerdo 015 por el Consejo Directivo del CEA.

Que mediante Resolución 06093 de 2011 se hicieron modificaciones a los artículos 20 y 21, de la Resolución 03589 de 2004, con el propósito de hacer claridad sobre el sistema de calificaciones y el régimen de habilitaciones, aspectos sobre los cuales el Consejo Académico había venido haciendo recomendaciones a raíz de los casos presentados para su consideración.

Que conforme a los análisis efectuados por el Consejo Académico del CEA, durante las reuniones celebradas en los últimos 5 años, se hace necesario actualizar el Reglamento Académico, a fin de incorporar los principios que lo orientan, el régimen de admisiones y modificar aspectos sustanciales, entre otros, como los relacionados con la calidad de estudiante, las ausencias a clase, el sistema de calificaciones y el régimen de habilitaciones.

Que el Consejo Directivo del Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas aprobó el proyecto de actualización integral del Reglamento Estudiantil, en reunión celebrada el 18 de diciembre de 2012, como consta en el acta número 068.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Adoptar el Reglamento Estudiantil del Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas (CEA), conforme a las previsiones contenidas en los siguientes artículos.
CAPÍTULO I Artículos 2 a 4

Disposiciones generales

Artículo 2º Definición.

El presente Reglamento Estudiantil es el compendio de normas que rigen las relaciones del CEA con sus estudiantes y regulan los deberes y derechos del estudiante con la institución, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.

Artículo 3º Objetivo delReglamento Estudiantil.

Establecer los parámetros que comprometan al estudiante en su propio proceso educativo formando de esta manera profesionales capaces de tomar sus propias decisiones, logrando que el estudiante asuma con responsabilidad las consecuencias de sus actos y así dar cumplimiento a las normas estipuladas en el presente Reglamento.

Artículo 4º Principios.

El CEA, como dependencia especializada en Instrucción, Capacitación y Formación de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil, valida y promueve los siguientes principios:

La Dignidad Humana: Es un derecho fundamental que cobija a los estudiantes del CEA como seres humanos, personas que emanan vida, libertad, justicia, solidaridad, armonía como extensiones básicas de la persona.

La Universalidad: Es la garantía de protección que tienen todos los estudiantes del CEA, para no ser discriminados por ninguna razón durante la realización de su periodo académico.

Solidaridad: Es la actitud que debe adoptar todo estudiante del CEA en pro del bien común, manteniendo una postura de ayuda recíproca en la formación académica.

Igualdad: Todo estudiante deberá recibir un tratamiento y protección de sus derechos, oportunidades y libertades al igual que sus pares, sin ninguna distinción de sexo, raza, origen, nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

Excelencia Académica: Es la búsqueda que hace el estudiante al mejoramiento y certificación de los procesos ofrecidos por el CEA.

Participación: Es la facultad que tiene la comunidad estudiantil de participar de forma directa o por medio de sus representantes de curso en los procesos académicos, que se llevan a cabo por sus órganos colegiados, donde se traten temas o problemáticas que los afecte.

Integralidad: Es la cobertura de todas las circunstancias necesarias para su educación de tal forma que cada quien debe contribuir, según su capacidad y recibir lo necesario para atender su aprendizaje

Ética profesional: Este principio enmarca a los estudiantes del CEA en la realización de sus actividades de conformidad con los valores establecidos en el Código de Ética de la Aeronáutica Civil (Resolución 0570 de 2008).

Libertad de cátedra. Con base en dicho postulado, todas las asignaturas objeto de la docencia, conferencias, debates, estudios, seminarios o actividades académicas o intelectuales de toda índole, publicaciones y demás actividades, podrán desarrollarse en ejercicio, exponerse y debatirse libremente dentro de un estricto rigor científico. Todas las ideas políticas, filosóficas, económicas o académicas, tesis, métodos y sistemas, podrán desarrollarse en ejercicio dialéctico sin que ningún credo político o religioso pueda ser impuesto como oficial o por los docentes, las autoridades o el estudiantado.

Toda violación a estos principios deberá ser denunciada ante el Consejo Académico, a fin de que se adopten las medidas que garanticen su protección.

CAPÍTULO II Artículos 5 a 8

Proceso de Ingreso a la Formación Académica en el Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas (CEA)

Artículo 5º De la inscripción.

Proceso por medio del cual los interesados en ingresar al CEA, realizan una solicitud de admisión a alguno de los cursos ofrecidos, ya sea por:

  1. Convocatoria: ingresarán al CEA a través de un proceso de selección, para la formación básica o avanzada, quienes cumplan con los requisitos exigidos en cada una de ellas.

  2. En cumplimiento de la normatividad aeronáutica RAC.

  3. Por necesidad del servicio, o

  4. Por convenios interinstitucionales.

Artículo 6º Selección.

Es el proceso diseñado, coordinado y ejecutado por el CEA, para determinar si un aspirante reúne las condiciones de ingreso en cualquiera de los programas que ofrece la Institución.

Artículo 7 De la admisión.

Proceso mediante el cual el CEA concede al aspirante seleccionado el derecho de matricularse en el curso para el cual se inscribió.

Parágrafo 1º. La Secretaría Académica será la encargada de realizar este proceso.

Parágrafo 2º. El Consejo Académico podrá negar la admisión cuando el estudiante hubiere presentado documentos inexactos para facilitar su ingreso, lo cual deberá ser comprobado.

Parágrafo 3º Ningún estudiante podrá beneficiarse simultáneamente de dos o más procesos de capacitación en cualquiera de las modalidades académicas impartidas por el CEA.

Artículo 8º De la matrícula.

Es el acto académico y administrativo mediante el cual un aspirante adquiere la calidad de estudiante, aceptando y comprometiéndose a cumplir con los Estatutos (en caso de ser funcionario de la Aeronáutica Civil), el Reglamento Estudiantil y demás disposiciones vigentes en el CEA.

Requisitos para la matrícula:

  1. Aquellos que ingresen a un curso básico, cualquiera que sea la especialidad, deben:

  1. Haber cumplido con todo el proceso de selección.

  2. Presentar el recibo de pago del curso.

  3. Fotocopia de la cédula de ciudadanía aumentada al 150 por ciento.

  4. Fotocopia de afiliación al sistema de salud. (Prepagada, EPS, Sisbén).

  5. Póliza. (Seguro Estudiantil).

  6. Licencia Aeromédica.

  7. Foto tamaño 3x4 fondo azul.

  8. Firma del libro de matrícula.

  9. Demás requisitos necesarios para efectuar la matrícula. ii) Aquellos que ingresen a cursos diferentes al enunciado anteriormente, se requerirá únicamente la entrega de la foto tamaño 3x4 fondo azul y la firma del libro de matrícula.

CAPÍTULO III Artículos 9 a 14

De los Estudiantes

Artículo 9º Estudiantes.

El estudiante del CEA es la persona que ha sido oficialmente admitida y matriculada, previo cumplimiento de los requisitos de aceptación, para realizar alguno de los programas académicos establecidos, ya sea directamente o a través de convenios con universidades, que abarquen todas las actividades académicas inherentes a los programas institucionales, que conducen a la obtención de un título o certificación que lo habilite para desempeñarse laboralmente.

Artículo 10 Calidad de Estudiante.

La calidad de estudiante se adquiere mediante un acto voluntario de matrícula en la modalidad bien sea presencial a distancia o virtual, que establezca el programa. Dicha calidad se pierde, conforme a las causales que estipula el presente Reglamento Académico.

Artículo 11 Pérdida de la calidad de Estudiante.

Se perderá la calidad de Estudiante por una o varias de las...

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