Acuerdo 000006
Emisor | Varios - Servicio Nacional de Aprendizaje Sena |
Número de Boletín | 46399 |
El Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en uso de las facultades que le confiere el artículo 3°, numeral 4 del Decreto 249 del 28 de enero de 2004 y,
CONSIDERANDO:
Que en desarrollo de la Agenda Interna propuesta en el Plan de Desarrollo Visión Colombia 2019, el Gobierno Nacional debe desarrollar acciones encaminadas a mejorar la productividad y competitividad del país en el nuevo entorno de oportunida des de comercio exterior derivadas de los Acuerdos Comerciales en los que interviene el Gobierno Nacional;
Que la Ley 905 de 2004 sobre promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa colombiana, y sin perjuicio de las políticas a cargo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, establece que el SENA debe contribuir con la definición y ejecución de programas de formación de su recurso humano, conducentes a mejorar la capacidad productiva y sus procesos de producción de bienes y servicios, de acuerdo con lo consignado en la Agenda Interna de Competitividad y Productividad, los Acuerdos de Competitividad y el Plan Estratégico Exportador;
Que el SENA, como Entidad del Gobierno, asociada a las políticas de Competitividad, Innovación y Desarrollo Tecnológico Productivo, debe orientar sus políticas y programas para propiciar el desarrollo de competencias requeridas por el recurso humano de las empresas, para la innovación, el emprendimiento y el autodesarrollo y, por ende, para el cumplimiento de los resultados esperados;
Que el Programa Nacional de Formación Continua nació como una de las políticas de contribución del SENA a la Innovación, la Competitividad y el Desarrollo Tecnológico Productivo y ha estado orientado a mejorar las competencias de los trabajadores, de acuerdo con las necesidades específicas de las empresas participantes;
Que con el propósito de atender los exigentes requerimientos de calificación del recurso humano, derivados de la globalización de los mercados, se considera necesario redireccionar el Programa y fomentar la innovación en sectores y temas clave para la competitividad nacional;
Que la Formación Continua debe girar en torno al Programa Nacional de Formación Especializada y Actualización Tecnológica del Recurso Humano de tal forma que se pueda compatibilizar la mayor competitividad de las empresas con el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos;
Que por disposición de la Ley 344 de 1996, artículo 16, de los ingresos correspondientes a los aportes sobre las nóminas de que trata la Ley 119 de 1994, artículo 30, numeral 4 el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, destinará un 20% de dichos ingresos para el desarrollo de programas de competitividad y desarrollo tecnológico productivo;
Que en virtud del Decreto 585 de 1991, artículo 28, numeral 3, literal a), corresponde al SENA adelantar actividades de formación profesional, dirigidas a transferir tecnología de utilización inmediata en el sector productivo y orientar la creatividad de los trabajadores colombianos;
Que en concordancia con lo anterior, es necesario reforzar el carácter tecnológico y científico de las acciones de formación que, en virtud del Decreto antes mencionado, ha venido adelantando el SENA a través del Programa Nacional de Formación Continua;
Que de acuerdo con el mismo Decreto, el SENA puede celebrar convenios especiales de cooperación con los empleadores obligados a hacer aportes en los términos de la Ley 21 de 1982, con el fin de que el SENA pueda destinar hasta un cincuenta por ciento (50%) del valor de los aportes que recibe de estos empleadores al desarrollo de programas de capacitación laboral, orientados y coordinados académicamente por el SENA;
Que el Decreto 249 de 2004 artículo 12, numeral 12, establece que es función de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo: ¿¿Planear, dirigir, coordinar y evaluar, de conformidad con las políticas adoptadas, el Programa Nacional de Formación Continua¿;
Que mediante Resolución 000438 de 2005, artículo 6°, el Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo está delegado para celebrar los Convenios Especiales de Cooperación del Programa Nacional de Formación Continua;
Que es facultad del Consejo Directivo Nacional del SENA aprobar las políticas para el fortalecimiento de la formación continua y los criterios generales para orientar recursos con la cofinanciación de empresas o grupos de empresas, en los términos establecidos por el Decreto 249 de 2004 artículo 3°, numeral 4.
Que en virtud de lo anterior,
ACUERDA
Aspectos generales
Aprobar las políticas para el Programa Nacional de Formación Especializada y Actualización Tecnológica del Recurso Humano y los criterios generales para orientar recursos, con la cofinanciación de empresas, grupos de empresas y colectivos de productores y trabajadores, cuando resulte pertinente, en los términos del presente Acuerdo.
El programa surge de la creciente necesidad de orientar el modelo educativo hacia la innovación, el uso y la incorporación de nuevas tecnologías y mejores prácticas en los procesos productivos para facilitar a estos sectores el desarrollo de nuevas ideas, la ejecución de nuevos proyectos, la comercialización de nuevos productos y servicios.
La actualización tecnológica del recurso humano es de responsabilidad compartida entre los empresarios como garantes del empleo y el desarrollo tecnológico y el SENA como líder en la formación de los recursos humanos y en la intermediación para el empleo.
Los proyectos de formación, amparados bajo este Programa, deberán ser concordantes con los Planes de Desarrollo Nacional, Regional o Local, los Acuerdos Sectoriales de Competitividad, la Agenda Interna para la Productividad y Competitividad, las Agendas de Productividad y Desarrollo Tecnológico Regionales, las Cadenas Productivas, los Clusters, los Carces (Comités Asesores Regionales de Comercio Exterior), y/o con el Sistema Nacional de Innovación SIN.
El Programa Nacional de Formación Especializada y Actualización Tecnológica del Recurso Humano responde a los lineamientos del Gobierno Nacional en materia de empleo, así como en el desarrollo tecnológico y apertura hacia nuevos mercados; en consecuencia, busca mejorar la productividad y la competitividad de las empresas y las cadenas productivas en las que estas se insertan, a través de la formación de los trabajadores, en áreas de tecnologías específicas y sectores estratégicos para el desarrollo nacional.
Los criterios generales del Programa son:
-
Promover la inversión de las empresas en la formación y la participación de los trabajadores en el desarrollo de sus competencias.
-
Facilitar la innovación, la competitividad, la calidad y la productividad de las empresas y la empleabilidad de los trabajadores.
-
Propiciar el aprendizaje permanente de las personas a lo largo de la vida y fortalecer un movimiento de educación continuada o formación continua en Colombia.
-
Apalancar la ejecución de los planes de desarrollo nacional, regionales, locales, sectoriales o de cadenas productivas o clusters, y empresariales, agenda interna para la productividad y competitividad, agendas de tecnología regionales y, acuerdos de competitividad.
-
Fomentar la socialización del aprendizaje, trascendiendo el aprendizaje individual de las empresas.
-
Contar con programas con cuya transferencia se impacte el portafolio de servicios del SENA y de las entidades que conforman las redes departamentales de entidades de formación para el trabajo.
-
Gestionar proyectos de formación con enfoque tripartita desde su formulación hasta su finalización.
-
Coadyuvar al fortalecimiento de la capacidad de las Regionales y fundamentalmente de los Centros de Formación Profesional Integral del SENA, como foco estratégico en la gestión del Programa Nacional de Formación Especializada y Actualización Tecnológica del Recurso Humano (Descentralización).
-
Apoyar a las empresas vinculadas a cadenas productivas y clusters, incluidas las Pymes, en la formación de sus trabajadores.
-
Ser una herramienta para el Programa ¿Colombia Certifica¿, por el cual se reconocen y certifican las competencias, el aprendizaje y la experiencia previas de los trabajadores.
-
Promover la integración de los oferentes de capacitación a las Redes Departamentales de Entidades de Formación para el Trabajo.
-
Apoyar el desarrollo de competencias de los recursos humanos de las empresas que han asumido la implementación de Sistemas de Gestión de Calidad.
-
Velar porque los programas sean coherentes con los lineamientos y criterios de los Subsistemas de Acreditación y Pertinencia del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
-
Impactar los sectores productivos prioritarios que en el marco de los Acuerdos Comerciales en los que interviene el Gobierno Nacional, necesitan apropiar nuevas tecnologías y prácticas para mejorar su competitividad.
-
Contar con indicadores de seguimiento e impacto en la organización y el trabajador, y obtener evidencia de su cumplimiento.
-
Focalizar y optimizar los recursos disponibles para el financiamiento de programas de formación en temas clave de la productividad y competitividad nacionales, mediante alianzas con centros de productividad y desarrollo tecnológico, universidades nacionales y extranjeras, entre otras.
-
Articular la oferta de formación de capital humano para la productividad, la innovación y el desarrollo tecnológico disponible en el país.
El Programa se desarrollará bajo las siguientes líneas:
-
Formación a la medida de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba