Acuerdo 18
Emisor | Corporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca |
Número de Boletín | 46336 |
El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC, -en uso de sus atribuciones legales conferidas en la Ley 99 de 1993, la Resolución 273 de abril de 1997, la Resolución 372 de mayo 6 de 1998, los Decretos 3100 de octubre 30 de 2003 y 3440 de octubre 21 de 2004, la Resolución 1433 de 2004, y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO:
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Que la Ley 99 de 1993 regula la tasa retributiva y en su artículo 42 establece: ¿Tasas Retributivas y Compensatorias. La utilización directa o indirecta de la atmósfera, del agua y del suelo, para introducir o arrojar desechos o desperdicios agrícolas, mineros o industriales, aguas negras o servidas de cualquier origen, humos, vapores y sustancias nocivas que sean resultado de actividades antrópicas o propiciadas por el hombre, o actividades económicas o de servicio, sean o no lucrativas, se sujetará al pago de tasas retributivas por las consecuencias nocivas de las actividades expresadas...¿.
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Que el Ministerio del Medio Ambiente, mediante el Decreto 901 de 1997 reglamenta las Tasas Retributivas por la utilización directa o indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales.
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Que el Decreto 901 de 1997, establece en su artículo 5º: ¿Meta de reducción de carga contaminante. La autoridad ambiental competente establecerá cada cinco años, una meta de reducción de la carga contaminante para cada cuerpo de agua o tramo del mismo. Esta meta será definida para cada una de las sustancias objeto del cobro de la tasa y se expresará como la carga total de contaminante durante un semestre, vertida por las fuentes presentes y futuras...¿.
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Que el Consejo Directivo de la CVC, mediante Acuerdo CD 46 de 1997, fija la meta de reducción de la carga contaminante de cada cuerpo de agua o tramo del mismo por el término de cinco años y se reglamenta el cobro de tasas retributivas en el Departamento, del Valle del Cauca.
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Que la CVC inicia la facturación y cobro de la Tasa Retributiva en el año 1998, de acuerdo con lo establecido en la Ley 99 de 1993, el Decreto 901 de 1997, las Resoluciones 273 de 1997 y 372 de 1998, por lo tanto el quinquenio finiquitó en el año 2002.
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Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial mediante el...
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