Acuerdo 228 - 3 de Marzo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43133286

Acuerdo 228

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Seguros Sociales
Número de Boletín43953

DIARIO OFICIAL 43.953 ACUERDO 228 14/03/2000 por el cual se modifica y adiciona el Acuerdo número 209 de 1999. El Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, en uso de la facultad que le confiere el numeral 15 del artículo 9° del Decreto número 2148 de 1992, y CONSIDERANDO: Que el Instituto de Seguros Sociales, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 3° del Decreto número 2148 de 1992, debe garantizar a sus afiliados y beneficiarios la prestación de los servicios médicos asistenciales integrales, mediante acciones de prevención, curación y rehabilitación; Que el Instituto de Seguros Sociales, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1 del artículo 12 del Decreto número 2148 de 1992, contratará con entidades públicas y privadas especialziadas en servicios de salud; Que el pago de los servicios programados y de urgencias, que el Instituto compre a instituciones de salud públicas y el reconocimiento a las entidades privadas de la atención inicial y de urgencias, así como los excedentes en la atención de pacientes víctimas de accidente de tránsito y de eventos catastróficos, se efectúa con base en los valores establecidos en el Manual Tarifario del Gobierno Nacional, aprobado mediante el Decreto número 2423 de 1996 o por las normas que lo modifiquen o adicionen; Que en virtud a lo preceptuado por las Resoluciones número 0365 y 4144 de 1999, emanadas del Ministerio de Salud, el Manual de Tarifas del ISS vigente, expedido mediante el Acuerdo número 209 de 1999, debe adecuarse a la Clasificación Unica de Procedimientos en Salud, CUPS; Que el incremento en los costos de la atención en salud hace necesario efectuar un ajuste en los valores del Manual de Tarifas del ISS, fijados en el Acuerdo 209 de 1999; Que igualmente se hace necesario complementar el contenido en lo relativo a reembolsos, conjuntos, atención en salud, medicamentos y otros, ACUERDA: Artículo 1°. Modificar los artículos 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 35, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 51, 53, 54, 55, 56, 59, 60, 61, 62, 63, 65, 66, 67, 68, 69 y 134, del Acuerdo 209 de 1999, en el sentido de incrementar en un cinco (5) por ciento los valores establecidos en el mismo. Artículo 2°. Modificar el artículo 57 del Acuerdo 209 de 1999, el cual quedará así: Los medicamentos y soluciones intravenosas se prescribirán con sujeción al Catálogo General de Suministros ¿ Clase I ¿ Productos Farmacéuticos del ISS. Los productos suministrados a los...

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