Acuerdo número 0035 de 2015, por el cual se adopta el Reglamento Interno de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías
Emisor | Departamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación |
Número de Boletín | 49656 |
La Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, en ejercicio de sus facultades legales, en particular de las conferidas por el numeral 8 del artículo 5º la Ley 1530 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el Sistema General de Regalías (SGR) se creó mediante el Acto Legislativo número 05 de 2011, el cual modificó los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y definió, entre otras cosas, la destinación de los ingresos del Sistema.
Que la Ley 1530 de 2012 determina la organización y funcionamiento del Sistema General de Regalías; y en su artículo 4º prevé que la Comisión Rectora es el órgano encargado de
definir la política general del Sistema General de Regalías, evaluar su ejecución general y dictar, mediante acuerdos, las regulaciones de carácter administrativo orientadas a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema.
Que mediante Decreto 1832 de 2012, se modificó la estructura del Departamento Nacional de Planeación y en el numeral 13 del artículo 6º, se dispuso que es función de la Subdirección Territorial y de Inversión Pública, ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías.
Que en un ejercicio de racionalización y simplificación del ordenamiento jurídico el Decreto 1082 de 2015 "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional", compiló las normas reglamentarias del Sistema General de Regalías.
Que mediante Acuerdo número 8 del 29 de junio de 2012, la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías adoptó su Reglamento Interno, el cual requiere ser modificado con el objeto de adaptarlo a las normas referidas.
Que en mérito de lo expuesto;
ACUERDA:
REGLAMENTO
COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
Naturaleza, integración y funciones
La Comisión Rectora del Sistema General de Regalías creada por el artículo 3º de la Ley 1530 de 2012, es el órgano encargado de definir la política general del Sistema General de Regalías, evaluar su ejecución general y dictar, mediante acuerdos, las regulaciones de carácter administrativo orientadas a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema, la cual está integrada por:
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El Director del Departamento Nacional de Planeación, o el Subdirector delegado, quien la presidirá.
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El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su Viceministro delegado.
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El Ministro de Minas y Energía, o su Viceministro delegado.
4 Un (1) Gobernador de los Departamentos Productores, según la definición establecida en el parágrafo 1º del artículo 4º de la Ley 1530 de 2012, elegido por estos.
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Un (1) Gobernador elegido por la Asamblea de Gobernadores.
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Un (1) Alcalde de los municipios productores, según la definición establecida en el parágrafo 1º del artículo 4º de la Ley 1530 de 2012, elegido por estos.
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Un (1) Alcalde elegido por la Asamblea de Alcaldes.
Los alcaldes y gobernadores serán elegidos para un período de anual, que se inicia el 20 de julio de cada vigencia. Su designación no será en función de la persona sino del cargo correspondiente.
Parágrafo 1º. A las sesiones de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías serán invitados especiales permanentes, con voz pero sin voto, un (1) Senador y un (1) Representante a la Cámara, que hagan parte de las Comisiones Quintas Constitucionales Permanentes, y serán elegidos por estas Comisiones, para un periodo de un (1) año.
Parágrafo 2º. A las sesiones de la Comisión Rectora podrán ser invitados, con voz pero sin voto, los funcionarios públicos y los particulares que la Comisión Rectora considere pertinente, para la ilustración de temas en los cuales esta deba formular recomendaciones o tomar decisiones.
Son funciones de la Comisión Rectora, en desarrollo de lo previsto en la Ley 1530 de 2012, las siguientes:
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Definir las directrices generales, procesos, lineamientos, metodologías y criterios para el funcionamiento del Sistema General de Regalías.
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Emitir concepto no vinculante sobre el proyecto de presupuesto del Sistema General de Regalías previo a su presentación al Congreso de la República.
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Emitir concepto previo no vinculante a la autorización de la expedición de vigencias futuras presentadas por los órganos de carácter nacional del Sistema General de Regalías, de...
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