Acuerdo número 008 de 2014, por el cual se expide el Estatuto Estudiantil de la Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ). (Acta 02 del 28 de noviembre) - 6 de Marzo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 560861470

Acuerdo número 008 de 2014, por el cual se expide el Estatuto Estudiantil de la Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ). (Acta 02 del 28 de noviembre)

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia
Número de Boletín49445

El Consejo Directivo de la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ), en uso de sus atribuciones legales, estatutarias y en especial la conferida por el artículo 7º del Decreto número 036 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 10 del artículo del Decreto número 036 del 2014, mediante el cual se crea un establecimiento público de educación superior del orden nacional, es función del Consejo Directivo expedir el reglamento o estatuto estudiantil de la Institución Universitaria Conocimiento de Innovación para la Justicia (CIJ), el cual debe adecuarse a las disposiciones de la Ley 30 de 1992, la Ley 115 de 1994 y demás normas concernientes a la educación superior;

Que se hace necesario establecer las condiciones generales de ingreso, matrícula, permanencia, evaluación, graduación y retiro de la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ), conforme a las normas legales vigentes;

Que en Sesión número 01 del día 30 de octubre de 2014, el Consejo Académico conceptuó sobre el presente cuerpo normativo, otorgando su aval y presentando algunas observaciones, las cuales fueron analizadas e incorporadas por el Consejo Directivo;

Que el Consejo Directivo en su Sesión número 02 de 2014, realizada los días 6, 11 y 28 de noviembre, consideró la propuesta de estatuto estudiantil y la aprobó.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

CAPÍTULO I Disposiciones y definiciones generales Artículos 1 a 10
Artículo 1º Ámbito de aplicación. El presente estatuto se aplica a aquellas personas que ostenten la calidad de estudiante de la Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ).
Artículo 2º Objeto.

Constituir el marco regulatorio de la vida académica del estudiante de la Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ), en ingreso, permanencia, evaluación, graduación y retiro. Así mismo, en lo referente al bienestar.

Artículo 3º Principios.

Los principios que a continuación se presentan orientan la relación entre estudiantes y entre ellos y la Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ), así:

  1. Responsabilidad académica.

  2. Responsabilidad social.

  3. Pluralidad, respeto y reconocimiento de la diferencia.

  4. Igualdad de oportunidades en acceso y permanencia en la institución.

  5. Libertad de integrarse social y culturalmente a la comunidad universitaria.

  6. Libertad de auto determinarse en su proceso de aprendizaje.

  7. Diálogo y conciliación ante situaciones de conflicto.

  8. Reconocimiento institucional y social del esfuerzo académico.

  9. Solidaridad con los integrantes de la comunidad universitaria.

Artículo 4º Estudiante.

Es estudiante de la Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia aquella persona que se ha matriculado en esta institución.

Artículo 5º Tipo de estudiantes.

Los estudiantes pueden ser regulares o visitantes.

Son considerados estudiantes regulares aquellos que en un periodo académico matriculan y toman cursos de un plan de estudios, con miras a obtener el título correspondiente que otorga la institución o matriculan y toman cursos de dos planes de estudios, bajo la modalidad de doble titulación en pregrado, con miras a obtener los títulos correspondientes que otorga la institución. También son estudiantes regulares aquellas personas que matriculan y cursan, hasta por dos periodos académicos y en la modalidad de cursos libres, cursos de la oferta académica de la institución, cumpliendo los requisitos y correquisitos que ella tenga.

Son considerados estudiantes visitantes aquellos que siendo estudiantes de otras instituciones toman cursos en un programa académico de la institución, en virtud de un convenio que tenga la institución con otras IES.

Para poder adquirir la calidad de estudiante regular o visitante se requiere haber sido admitido oficialmente en la institución.

Artículo 6º Periodo académico

. En la Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ), el periodo académico está sujeto al calendario académico institucional por cada programa académico ofrecido.

Artículo 7º Programa académico.

Un programa académico es el conjunto de recursos humanos, técnicos y físicos que se organizan armónicamente para el desarrollo de cursos y actividades teóricas y prácticas, presenciales y virtuales, tendientes a la formación de profesionales y conducentes a la obtención de un título académico.

Artículo 8º Plan de estudios.

Se entiende por plan de estudios el conjunto de cursos obligatorios y electivos con su respectiva asignación de créditos y su relación lógica de requisitos y correquisitos, agrupados en temas y líneas de formación.

El plan de estudios será aprobado por el Consejo Académico, previa recomendación del Consejo de Facultad al que pertenezca el programa.

Artículo 9º Crédito académico.

El crédito académico es la unidad de medida del trabajo académico que realiza el estudiante en desarrollo de un curso.

Un crédito académico equivale a 48 horas de trabajo académico del estudiante, que comprende las horas de acompañamiento directo del Gestor de Conocimiento e Innovación, y demás horas que el estudiante deba emplear en actividades independientes de estudio, prácticas, u otras que sean necesarias para alcanzar las metas de aprendizaje.

Parágrafo. En las horas de trabajo independiente se incluyen las que corresponden al trabajo del estudiante, acompañado por el Gestor de Conocimiento e Innovación, a través de recursos informáticos y telemáticos, como las aulas virtuales, las redes de aprendizaje colaborativas, los foros de discusión vía web, chats, listas de discusión, correo electrónico, videoconferencias, o bien con guías de autoaprendizaje.

Artículo 10 Actividad académica estudiantil.

La actividad académica estudiantil hace referencia al total de créditos académicos que este registra en un periodo académico, el cual debe estar entre un mínimo de cuatro (4) y un máximo de dieciocho (18) créditos, tanto para programas de pregrado, como de posgrado.

CAPÍTULO II Artículos 11 y 12

Derechos y deberes de los estudiantes

Artículo 11 Derechos.

Los estudiantes de la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ), tienen derecho a:

  1. Recibir una educación de calidad de acuerdo con los lineamientos establecidos por las autoridades competentes, lo que implica el derecho a participar en los procesos de investigación, extensión y docencia que desarrolla la Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ).

  2. Recibir por parte de la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ) servicios académicos y de bienestar institucional.

  3. Expresar, discutir y examinar sus propias ideas, dentro del orden y respeto a las personas.

  4. Ser asistido, aconsejado y escuchado por quienes tienen la responsabilidad directiva y docente.

  5. Presentar por escrito, solicitudes y reclamos ante la autoridad competente, al tenor de lo dispuesto en los reglamentos y obtener respuesta oportuna.

  6. La igualdad de oportunidades en la vida académica y cultural de la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ), y al trato digno por parte de los miembros de la comunidad universitaria.

  7. Participar en la formulación de las políticas institucionales y en los procesos de construcción y evaluación académica de la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ).

  8. Representar a la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ) en actividades de carácter académico, cultural o deportivo.

  9. Conocer oportunamente el sistema de evaluación académica de cada uno de los cursos.

  10. Elegir y ser elegido como representante ante el Consejo Directivo, de acuerdo con la reglamentación que para el efecto expida el Consejo Directivo.

Artículo 12 Deberes.

Son deberes de los estudiantes de la Institución Universitaria -Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ):

  1. Conocer y acatar los estatutos y reglamentos de la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ).

  2. Mantener el orden, facilitar la realización de las actividades académicas y concurrir puntualmente a clase.

  3. Realizar los trabajos y presentar los exámenes que le correspondan.

  4. Actuar con honestidad en la elaboración y presentación de pruebas de evaluación académica y propender por la excelencia académica.

  5. Cumplir las órdenes de las autoridades de la institución y acatar las sanciones que les sean impuestas.

  6. Participar activamente en su proceso de formación profesional e integral.

  7. Respetar a la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ) al personal directivo, docente y administrativo, a sus condiscípulos y demás personas que presten servicios en ella.

  8. Respetar las opiniones y puntos de vista de los demás y permitir su libre expresión.

  9. Preservar, cuidar y mantener en buen estado el material de enseñanza, enseres, equipos y dotación general de la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ).

  10. Seguir el conducto regular para cualquier solicitud.

CAPÍTULO III Artículos 13 a 25

Del ingreso

De las inscripciones, la admisión y la reserva de cupo

Artículo 13 La inscripción es el acto mediante el cual la persona manifiesta su interés de ser admitido como estudiante regular de la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ)
Artículo 14 Quienes deseen ingresar a la Institución Universitaria - Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ) deben inscribirse mediante el formulario...

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