Acuerdo número 008 de 2016, por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 007 del 5 de mayo de 2015, reglamento para designar al Representante del Sector Productivo del Consejo Superior de la Universidad Pedagógica Nacional - 29 de Junio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 644664853

Acuerdo número 008 de 2016, por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 007 del 5 de mayo de 2015, reglamento para designar al Representante del Sector Productivo del Consejo Superior de la Universidad Pedagógica Nacional

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Pedagógica Nacional
Número de Boletín49919

El Consejo Superior de la Universidad Pedagógica Nacional, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias que le confiere el Acuerdo 035 del 13 de diciembre de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo señalado en el literal d) del artículo 64 de la Ley 30 de 1992, el Consejo Superior Universitario deberá contar con un Representante del Sector Productivo.

Que el parágrafo 2º del artículo 64 Ibídem estableció que "los estatutos orgánicos reglamentarán las calidades, elección y período de permanencia en el Consejo Superior, de los miembros contemplados en el literal d) del presente artículo".

Que en concordancia con las normas legales antes citadas, el literal h) del artículo 12 del Acuerdo 035 del 13 de diciembre de 2005, Estatuto General de la Universidad, señala que el Consejo Superior estará integrado, entre otros, por "un Representante del Sector Productivo cuya actividad esté relacionado con la actividad propia de la Universidad".

Que el parágrafo 2º del artículo 12 del Acuerdo 035 del 13 de diciembre de 2005, establece que el Representante del Sector Productivo será designado por el Consejo Superior, de conformidad con el reglamento que al efecto expida el Consejo Superior Universitario.

Que el Consejo Superior mediante Acuerdo 007 del 5 de mayo de 2015, estableció el reglamento para designar al Representante del Sector Productivo del Consejo Superior de la Universidad Pedagógica Nacional.

Que se hace necesario definir los conceptos "sector productivo y su relación con la acción propia de la Universidad", para precisar el alcance de los conceptos. Así mismo, es necesario modificar los requisitos exigidos al representante del sector productivo para ser miembro del Consejo Superior de la Universidad, para adecuarlos al concepto y propósitos definidos.

Que dada la importancia del proceso de verificación de requisitos que debe cumplir el aspirante a representante del sector productivo ante el Consejo Superior de la Universidad Pedagógica Nacional, es necesario modificar el numeral 4 del artículo del Acuerdo 007 del 5 de mayo de 2015.

Por lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º Adicionar al Acuerdo 007 del 5 de mayo de 2015 un nuevo artículo, así: Artículo 1A. Definiciones y propósito:

Para efectos de este Consejo Superior se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

Sector productivo: Conjunto de empresas que desarrollan la actividad económica de un país. Se...

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