Acuerdo número 01 de 2015, por el cual se modifican parcialmente los Acuerdos números 01 de 2011 por el cual se adopta el reglamento administrativo para el otorgamiento de soluciones de vivienda de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, se establecen directrices administrativas y parámetros para el manejo de las cesantías y se dictan otras disposiciones y el Acuerdo número 02 de 2013 por el cual se adoptan las condiciones de acceso de los afiliados al modelo anticipado de solución de vivienda - 5 de Junio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 573570442

Acuerdo número 01 de 2015, por el cual se modifican parcialmente los Acuerdos números 01 de 2011 por el cual se adopta el reglamento administrativo para el otorgamiento de soluciones de vivienda de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, se establecen directrices administrativas y parámetros para el manejo de las cesantías y se dictan otras disposiciones y el Acuerdo número 02 de 2013 por el cual se adoptan las condiciones de acceso de los afiliados al modelo anticipado de solución de vivienda

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía (Caprovimpo)
Número de Boletín49534

La Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en ejercicio de las facultades legales, estatutarias y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 353 de 1994, modificado por el artículo 5º de la Ley 973 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía creada por el Decreto ley 353 de 1994, modificado parcialmente por la Ley 973 de 2005, y la Ley 1305 de 2009 tiene como objeto facilitar a sus afiliados la adquisición de vivienda propia, mediante la realización o promoción de todas las operaciones del mercado inmobiliario, incluidas las de intermediación, la captación y administración del ahorro de sus afiliados y el desarrollo de las actividades administrativas, técnicas, financieras y crediticias que sean indispensables para el mismo efecto; así mismo, podrá administrar las cesantías del personal de la Fuerza Pública, que haya obtenido vivienda de conformidad con los dispuesto por el Gobierno nacional;

Que el Decreto ley 353 de 1994 modificado por la Ley 973 de 2005 reguló que el subsidio de vivienda será entregado previa comprobación que su valor será invertido en la adquisición de vivienda;

Que el Acuerdo número 01 de 2011 "adoptó el reglamento administrativo para el otorgamiento de soluciones de vivienda de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, se establecen directrices administrativas y parámetros para el manejo de las cesantías y se dictan otras disposiciones";

Que con la expedición de la Ley 1305 de 2009, se creó el modelo anticipado de solución de vivienda, facultando a la Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía para determinar las condiciones de acceso a este;

Que mediante el Acuerdo número 02 de 2013, la Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía determinó las condiciones de acceso de los afiliados al modelo anticipado de solución de vivienda;

Que con el fin de beneficiar a los afiliados de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, se requiere implementar dentro de las modalidades de solución de vivienda, la posibilidad de que puedan hacer uso de los recursos de su cuenta individual y del subsidio que otorga el Estado a través de Caja Honor, para adquirir una vivienda a través del mecanismo de financiación para adquisición de vivienda denominado leasing habitacional;

Que para asegurar la destinación específica de los recursos de las cuentas individuales de los afiliados a la Entidad, y el fin mismo del Modelo Anticipado de Solución de Vivienda, se hace necesario reforzar las condiciones de acceso al mismo;

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º Modifíquese el artículo 7º del Acuerdo número 01 de 2011, el cual quedará así:

Artículo 7º. Solución de vivienda. Se entiende por solución de vivienda el acceso a una vivienda en la modalidad de adquisición de vivienda nueva o usada, la construcción en sitio propio, el pago total o parcial de crédito hipotecario, o el pago de la opción de adquisición en un contrato de leasing habitacional ofrecido por entidades financieras distintas a Caja Honor.

Los modelos de solución de vivienda que ofrece Caja Honor para facilitar a su afiliados la obtención de una solución de vivienda, combinan aportes del presupuesto nacional, aportes de las cuentas individuales, rendimientos de estas y presuponen el cumplimiento de las reglas de permanencia y los demás requisitos y condiciones establecidos en la ley y precisados en el Acuerdo número 01 de 2011, que permite configurar un régimen especial de estímulos y reconocimientos del Estado a los afiliados forzosos de Caja Honor para solución de vivienda, en consideración al servicio especial que tales afiliados le brinden a la sociedad colombiana, en el marco de la preservación del Estado de Derecho, por lo cual dicho régimen especial no hace parte integral del sistema general de subsidio de vivienda.

Parágrafo 1º. La Entidad, en el desarrollo de su objeto social no realizará operaciones del mercado inmobiliario en calidad de constructor.

Parágrafo 2º. La Administración establecerá, dentro del marco de la ley los tipos y las condiciones de los contratos y demás documentos que se deberán aportar para el otorgamiento de la solución de vivienda y el desembolso de los recursos, a fin de proteger los intereses de los afiliados y de la Entidad.

Artículo 2º Modifíquese el artículo 8º del Acuerdo número 01 de 2011, el cual quedará así:

Artículo 8º. Modalidad de solución de vivienda. Los recursos que constituyen la solución de vivienda, se aplicarán exclusivamente a través de las siguientes modalidades de solución de vivienda:

· Adquisición de vivienda nueva o usada. Es la modalidad en la cual el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR