Acuerdo número 019 de 2016, por el cual se modifica el Reglamento de Crédito del Icetex en cuanto a las líneas y modalidades de crédito educativo - 7 de Julio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 644812025

Acuerdo número 019 de 2016, por el cual se modifica el Reglamento de Crédito del Icetex en cuanto a las líneas y modalidades de crédito educativo

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior
Número de Boletín49927

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex), en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las que le confiere la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, el numeral 1 del artículo del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, el Acuerdo 013 del 24 de febrero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia contempla la educación como un derecho de la persona y un servicio público; tan es así que la satisfacción de las necesidades básicas en educación constituye y forman parte del gasto público social.

Que el artículo 69 de la Constitución Política determina que el Estado debe facilitar mecanismos financieros que hagan posible el acceso a todas las personas aptas a la educación superior, labor que ha sido encomendada al Icetex.

Que la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005 transformó al Icetex en una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional, cuyo objeto es el fomento social de la educación superior, priorizando la población de bajos recursos económicos y aquella con mérito académico en todos los estratos a través de mecanismos financieros que hagan posible el acceso y la permanencia de las personas a la educación superior, la canalización y administración de recursos, becas y otros apoyos de carácter nacional e internacional, con recursos propios o de terceros y cumplirá su objeto con criterios de cobertura, calidad y pertinencia educativa, en condiciones de equidad territorial.

Que de conformidad con el numeral 1 del artículo del Decreto 1050 de 2006, es función de la Junta Directiva del Icetex formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Icetex, de sus funciones y operaciones autorizadas y todas aquellas inherentes a su naturaleza jurídica, acorde con lo dispuesto por la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, y los lineamientos y política del Gobierno nacio-

nal en materia de crédito educativo. En desarrollo de lo anterior, adoptará, entre otros, los reglamentos de crédito, el estatuto de servicios, los planes, programas y proyectos para: la administración del riesgo financiero, la financiación de crédito educativo, la administración, el saneamiento y la recuperación de cartera.

Que el numeral 4 del artículo del Decreto 1050 de 2006 faculta a la Junta Directiva del Icetex para expedir, conforme a la ley y a los estatutos, los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y de las operaciones autorizadas al Icetex como entidad financiera de naturaleza especial.

Que mediante el Acuerdo 029 de 2007, se adoptó el Reglamento de Crédito del Icetex; en el Capítulo III, se establecieron las líneas y modalidades de crédito educativo, condiciones financieras y de amortización, entre otros aspectos.

Que mediante el Acuerdo 016 de abril de 2015, se modificó el artículo 11 del Capítulo III del Acuerdo 029 de 2007 y las condiciones de adjudicación, financiación y de amortización, en cuanto a las modalidades de crédito educativo de Pregrado País, Posgrado País, Posgrado Exterior y Capacitación Idiomas.

Que mediante Acuerdo 021 de 26 de mayo de 2015, se modificó el Acuerdo 016 de abril de 2015 en cuanto a las condiciones de adjudicación, financiación y de amortización, en cuanto a las modalidades de crédito educativo de ceres, crédito Acces largo plazo sin pago, con pago a largo plazo del 10%, con pago a largo plazo del 25%, con pago a mediano plazo, con pago a corto plazo, con destino sostenimiento, oficiales, suboficiales y reservistas de honor, posgrado país, posgrado exterior, capacitación en idiomas, pasantías e intercambio educativo y alianzas estratégicas.

Que mediante Acuerdo 026 del 28 de julio de 2015, se modificó el Acuerdo 021 del 26 de mayo 2015 en aspectos relevantes en las condiciones de financiación de las líneas y modalidades de crédito educativo, tales como el plazo para pago en cada modalidad de crédito, entre otros aspectos.

Que mediante Acuerdo 026 del 28 de julio de 2015, se modificó el Acuerdo 021 del 26 de mayo de 2015 en aspectos relevantes en las condiciones de financiación de las líneas y modalidades de crédito educativo, tales como el plazo para pago en cada modalidad de crédito, entre otros aspectos.

Que mediante Acuerdo 035 del 30 de septiembre de 2015, se modificaron las condiciones de financiación de las líneas y modalidades de crédito educativo, tales como nuevas opciones de financiación con un porcentaje de época de estudios del 40% y el 60%, en la línea de posgrado exterior...

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