Acuerdo número 026 de 2016, por medio de la cual se aprueba el Plan de Fomento a la Calidad 2016 de la Universidad Popular del Cesar y las metas proyectadas para la vigencia 2016-2018, acorde con el Decreto 2564 del 31 de diciembre de 2015. - 24 de Octubre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 652253429

Acuerdo número 026 de 2016, por medio de la cual se aprueba el Plan de Fomento a la Calidad 2016 de la Universidad Popular del Cesar y las metas proyectadas para la vigencia 2016-2018, acorde con el Decreto 2564 del 31 de diciembre de 2015.

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Popular del Cesar
Número de Boletín50036

El Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 20 de la Ley 1607 de 2012 creó el Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), a partir de enero de 2013, como el aporte a las sociedades y personas jurídicas y asimiladas, en beneficio de los trabajadores, la generación de empleo, y la inversión social en los términos previstos en la citada ley.

Que el parágrafo transitorio del artículo 24 de la Ley 16707 de 2012, modificado por el artículo 72 de la Ley 1739 de 2014, fue reglamentado por el decreto 1835 de 2013, en relación con los criterios para la asignación y distribución de los recursos del punto adicional destinados a financiar las instituciones de educación superior.

Que el artículo 2.5.4.4.2.1. del Decreto número 2564 del 31 de diciembre de 2015, reglamentó los criterios de asignación y distribución de recursos provenientes Impuesto sobre la Equidad (CREE), destinados a financiar las instituciones educación superior públicas para el periodo gravable 2016.

Que el artículo 2.5.4.3.3, del anterior decreto establece que los recursos CREE, se destinarán adquisición, construcción, ampliación, mejoramiento infraestructura física, tecnología y bibliografía de proyectos de investigación, diseño y nueva oferta académica, deserción, saber pro, inclusión, internacionalización y estrategias de regionalización en programa de alta calidad, a través de plan de fomento a la calidad que cada institución determine en su autonomía universitaria.

Que en virtud de la modificación del parágrafo transitorio del artículo 24 de la Ley 1607 de 2012, incluida por la Ley 1739 de 2014, y teniendo en cuenta las metas propuestas del Ministerio de Educación Nacional, se requiere reglamentar los criterios para la asignación y distribución de los recursos provenientes del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), destinados a financiar las Instituciones de Educación Superior Públicas para el periodo gravable 2016, para atender el cumplimiento de estas nuevas metas.

Que el artículo 2.5.4.4.2.3. Planes de fomento a la calidad. Los planes de fomento a la calidad son herramientas de planeación en las que se definen los proyectos, metas, indicadores, recursos, fuentes de financiación e instrumentos de seguimiento y control a la ejecución del plan, que permitan mejorar las condiciones de calidad de las instituciones de educación superior públicas de acuerdo con sus planes de desarrollo institucionales.

Que la guía de los planes de fomento a la calidad en la educación superior 2016, el Ministerio de Educación Nacional estableció para la presentación y aprobación del plan de calidad, por parte del Consejo Superior el 29 de abril de 2016.

Que el Plan de Fomento fue socializado con miembros del Consejo Superior y directivas academias y administrativos de la institución en reunión conjunta convocada con el rector de la universidad.

Que el Consejo Superior en sesión extraordinaria del 29 de abril de 2016, estudió y aprobó, por unanimidad, el plan de fomento a la calidad de la Universidad Popular del Cesar.

ACUERDA:

Artículo 1º Aprobar el plan de Fomento a la Calidad 2016 de la Universidad Popular del Cesar, en concordancia a lo dispuesto por el Ministerio de Educación Nacional en el Decreto 2564 del 31 de diciembre de 2015

Dicho plan y sus anexos, hacen parte integral del Acta de Sesión del Consejo Superior Universitario del 29 de abril de 2016.

Artículo 2º Que el Consejo Superior en sesión extraordinaria del 29 de abril de 2016, delega al señor Rector la priorización de los proyectos a ejecutar de acuerdo a las necesidades de la Universidad Popular del Cesar basados en la lista radicada en el Plan de Fomento.
Artículo 3º Que el Consejo Superior en sesión extraordinaria del 29 de abril de 2016, delega al señor Rector a realizar ajustes dentro de los proyectos, por causa de los valores girados por el Ministerio de Educación Nacional de los recursos CREE, que no modifiquen proyectos aprobados, cuyo objeto solo sea redistribuir y ajustar dichos valores a los montos girados.
Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación

Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en Valledupar, a 29 de abril de 2016. La Presidenta de la Sesión,

Kelly Johanna Sterling Plazas.

El Secretario,

Iván Morón Cuello.

PLAN DE FOMENTO A LA CALIDAD 2016

Los planes de fomento a la calidad son herramientas de planeación en las que se definen los proyectos, metas, indicadores, recursos, fuentes de financiación e instrumentos de seguimiento y control a la ejecución del plan, que permiten mejorar las condiciones de calidad de las instituciones de educación superior públicas mediante la focalización de recursos en determinadas líneas de inversión, de acuerdo con sus planes de desarrollo institucional.

El objetivo de los PFC, es promover el uso eficiente de los recursos provenientes del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) con el fin de establecer acciones de mejora a los factores de calidad de las instituciones de educación superior públicas, que permitan el cumplimiento de las políticas institucionales propuestas por ellas y la articulación con las estrategias y metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo.

  1. Información básica de la IES ejecutora

  2. Objetivo del PFC

    Fortalecer la calidad académica y las capacidades institucionales de la Universidad Popular del Cesar con el propósito de establecer las bases para la acreditación de los programas y de la institución para el año 2019.

  3. Justificación del PFC

    La Universidad se ha comprometido con el logro de la acreditación institucional a mediano plazo, para ello ha establecido compromisos con el Ministerio de Educación Nacional y con el SUE Caribe, de tal forma que antes de 2019, se tengan las bases para presentar las condiciones iniciales de acreditación institucional.

    1 IES: Institución de Educación Superior.

    Con el logro de la acreditación de programas y la institucional, se espera mejorar la calidad académica e investigativa, a fin de garantizar una educación con calidad, con igualdad de oportunidades, cerrando la brecha en la calidad de la educación, todo ello con un enfoque diferencial con el fin de formar ciudadanos competentes como profesionales y ciudadanos.

    Con los proyectos del plan de fomento se espera, además de ampliar la cobertura educativa con calidad, formar graduados competentes para la sociedad, mediante programas con pertinencia social y académica para cimentar las bases sociales, económicas y culturales para un eventual posconflicto.

    Los beneficios se verán reflejados en programas con mayor calidad, docentes cualificados con niveles de maestría y doctorados, mayor visibilidad nacional e internacional, y de los grupos de investigación clasificados, disminución de la deserción, acceso a infraestructura tecnológica y de comunicación y disminución de las brechas educativas en el área de influencia de la Universidad, tales como centro y sur del departamento del Cesar, sur del departamento de La Guajira y de Bolívar.

  4. Descripción de los proyectos que integran el PFC

    Para cada uno de los proyecto se debe diligenciar un cuadro independiente, de ser necesario insertar cuadro(s) adicional(es).

    Necesidad de la IES: Dentro de las estrategias para aumentar la permanencia y graduación se tiene como meta aumentar, la retención del 90,30% al 92,30% en el próximo cuatrienio, sin disminuir la calidad académica, para ello, se planea fortalecer el programa PEBI (Programa de Permanencia y Bienestar Institucional) que ya viene funcionando en la institución, implementando entre otras, la segunda fase del "Sistema Integrado de Alertas Tempranas" SIAT, la cual se diseñó para la identificación de estudiantes en riesgo que permite:

    - Registro de los datos del estudiante mediante la aplicación de hoja de vida - CV.

    - La información que contiene la herramienta se carga directamente desde Admisiones.

    - Se encuentran los resultados del programa SOCE, POA, POVAU y POPS.

    - Se registra el seguimiento de atenciones a estudiantes en los diferentes programas de acompañamiento e intervención, y se genera el seguimiento a través de los siguientes módulos: Citados, Atendidos, No se presentó...

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