Acuerdo número 248 de 2016, por el cual se establece el diseño del formulario de declaración mensual de los derechos de explotación y gastos de administración del juego de Apuestas sobre los Resultados de Carreras de Caballos - 1 de Junio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 641690813

Acuerdo número 248 de 2016, por el cual se establece el diseño del formulario de declaración mensual de los derechos de explotación y gastos de administración del juego de Apuestas sobre los Resultados de Carreras de Caballos

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar
Número de Boletín49891

El Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 47 de la Ley 643 de 2001, modificadas por el artículo 2º del Decreto número 4144 de 2011, el artículo 39 del Acuerdo número 179 de 2015 y las disposiciones concordantes con la materia, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 1º de la Ley 643 de 2001, el monopolio rentístico de juegos de suerte y azar es la facultad exclusiva del Estado para explotar, organizar, administrar, operar, controlar, fiscalizar, regular y vigilar todas las modalidades de juegos de suerte y azar, y para establecer las condiciones en las cuales los particulares pueden operarlos;

Que el artículo 37 de la Ley 643 de 2001, modificado por el artículo 15 de la Ley 1393 de 2010, faculta a los Departamentos y al Distrito Capital para la explotación del juego de apuestas sobre los resultados de carreras de caballos;

Que el numeral 1 del artículo 47 de la Ley 643 de 2001, modificado por el Decreto número 4144 de 2011, faculta al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar para aprobar y expedir el reglamento de los juegos de suerte y azar cuya explotación corresponda a las entidades territoriales;

Que en virtud de lo anterior, el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar mediante el Acuerdo número 179 de 2015, expidió el reglamento del juego de Apuestas sobre los Resultados de Carreras de Caballos;

Que en el artículo 39 del citado acuerdo, se establece en cabeza del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar el diseño del formulario de declaración de los derechos de explotación, gastos de administración e intereses moratorios del juego de apuestas sobre los resultados de carreras de caballos;

Que por lo antes señalado,

ACUERDA:

Artículo 1º Objeto.

Establecer el diseño oficial del formulario de declaración mensual de los derechos de explotación y gastos de administración del juego de Apuestas sobre los resultados de Carreras de Caballos, el Formulario CNJSA-ACC-01-2016, el cual hace parte integral del presente acuerdo.

El formulario es de uso obligatorio para todas las empresas concesionarias que operen el juego Apuestas sobre los Resultados de Carreras de Caballos, las cuales tienen la obligación de liquidar, declarar y pagar los derechos de explotación y gastos de administración generados por la explotación del juego.

Dicha liquidación y declaración deberá presentarse, ante la entidad concedente respectiva, dentro de los diez (10) días hábiles del mes siguiente a su recaudo de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Acuerdo número 179 de 2015. Los recursos generados por concepto de derechos de explotación y gastos de administración deberán ser consignados en las respectivas subcuentas de la fiducia en los términos fijados en el artículo 61 del Acuerdo número 179 de 2015.

Artículo 2º Características del formulario.

El formulario de declaración mensual de los derechos explotación y gastos de administración del juego de Apuestas sobre el resultado de Carreras de Caballos, tendrá las siguientes características:

Título: DECLARACIÓN MENSUAL DE DERECHOS DE EXPLOTACIÓN Y

GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL JUEGO DE APUESTAS SOBRE LOS RESULTADOS DE CARRERAS DE CABALLOS.

Código: CNJSA-ACC-01-2016

  1. Presentación: Juegos en original y dos (2) copias.

  2. Impresión: Frente.

  3. Papel: Bond.

  4. Formato: Oficio 216 x 356 mm.

  5. Contenido: Espacios y códigos establecidos en el formato anexo al presente acuerdo.

Artículo 3º Destino del original y de las copias del formulario.

El formulario de declaración de los derechos de explotación y gastos de administración, deberá ser suministrado en medio magnético por parte de las entidades concedentes, una vez diligenciado e impreso el formulario por el concesionario, se distribuirá así:

  1. Original para el concesionario.

  2. Copia para la entidad concedente.

  3. Copia para la Superintendencia Nacional de Salud.

La copia impresa con destino a la Superintendencia Nacional de Salud, será enviada por la entidad administradora del monopolio en sobre debidamente sellado, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha límite de presentación de la declaración.

Adicionalmente se remitirá copia digitalizada de la Declaración Mensual de Derechos de Explotación y Gastos de Administración, comprobantes de pago y recibos de caja al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha límite de la presentación, al correo electrónico que indique la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar.

Artículo 4º Mecanismo para la presentación de la declaración.

El concesionario de Apuestas sobre los resultados de Carreras de Caballos en cada entidad territorial deberá:

  1. Diligenciar su declaración mensual de derechos de explotación y gastos de administración en el medio magnético que para tal fin le haya suministrado la entidad concedente.

  2. Consignar los Derechos de Explotación y gastos de administración generados por la operación del juego en la subcuenta de la fiducia en los términos fijados en el artículo 61 del Acuerdo número 179 de 2015.

  3. Presentar su declaración mensual de derechos de explotación y gastos de administración del juego de Apuestas sobre los Resultados de Carreras de Caballos acompañada de los comprobantes de consignación o transferencia correspondientes, ante la respectiva entidad concedente, anexando siempre una copia del Registro de Apuestas del mes que declara.

Parágrafo. La declaración deberá estar diligenciada completamente y suscrita por el Representante Legal y el Contador o el Revisor Fiscal según corresponda, so pena de entenderse no presentada.

Artículo 5º Obligaciones de la entidad concedente

. La entidad concedente en ejercicio de sus facultades de fiscalización establecidas en el artículo 43 de la Ley 643 de 2001, deberá:

  1. Verificar que el formulario de declaración mensual de derechos de explotación y gastos de administración del juego de apuestas permanentes o chance haya sido diligenciado correctamente.

  2. Diligenciar la casilla 35 del formulario de declaración mensual de derechos de explotación y gastos de administración del juego de Apuestas sobre los Resultados de Carreras de Caballos destinada para el sello, adhesivo o el mecanismo de autenticación que tenga definido.

  3. Hacer entrega de la copia original de la declaración a la empresa concesionaria.

  4. Conservar para su archivo la primera copia y el registro de apuestas, el cual podrá utilizar para el ejercicio de sus facultades de fiscalización.

  5. Remitir la segunda copia del formulario a la Superintendencia Nacional de Salud, en los términos y condiciones señalados en el artículo 3º, conjuntamente debe adjuntar los soportes, que acrediten el pago de los derechos de explotación y los gastos de administración transferidos del mes inmediatamente anterior, junto con...

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