Decreto número 1112 de 2009, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009 y se efectúa la correspondiente liquidación. - 31 de Marzo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 55845666

Decreto número 1112 de 2009, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009 y se efectúa la correspondiente liquidación.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47308

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el articulo 33 y 67 del Estatuto Organico del Presupuesto y CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la Republica en virtud del articulo 349 de la Constitucion Politica expidio la Ley 1260 de 2008, en la cual se decreta el Presupuesto General de la Nacion para la vigencia fiscal de 2009, el cual se liquido por medio del Decreto 4841 de 2008;

Que el articulo 352 de la Constitucion Politica le otorga a la Ley Organica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programacion, aprobacion, modificacion y ejecucion del Presupuesto General de la Nacion;

Que de los 8.200.000.oo de euros, de la donacion de la Comunidad Europea, de caracter no reembolsable, en aplicacion del Convenio numero ALA/2004/016-831, el cual financia el proyecto de cooperacion internacional entre la Comunidad Europea y la Republica de Colombia el Gobierno Nacional "Fortalecimiento al Sector Justicia para la Reduccion de la Impunidad en Colombia", a la fecha existen recursos que se encuentran libres de afectacion presupuestal y disponibles para ser incorporados al Presupuesto de la vigencia fiscal de 2009;

Que de conformidad con el articulo 33 del Estatuto Organico del Presupuesto General de la Nacion, los recursos de asistencia y cooperacion internacional de caracter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nacion y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificacion de su recaudo expedido por el organo receptor. Su ejecucion se realizara de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estaran sometidos a la vigilancia de la Contraloria General de la Republica;

Que el articulo 67 del Estatuto Organico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidacion del Presupuesto General de la Nacion;

Que el citado articulo preve que el decreto se acompañara con un anexo que tendra el detalle del gasto;

CONTRATACION Nº 062885 EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN ESP OBJETO:

Construccion de la variante de la Conduccion Copacabana-Girardota, incluida la tuberia.

REQUISITOS DE PARTICIPACION PARTICIPANTES:

Las Empresas consideraran las propuestas de las personas juridicas nacionales en forma individual, en consorcio o en union temporal, que habiendo obtenido el pliego en las condiciones, cumplan con los siguientes requisitos de participacion.

REQUISITOS DE PARTICIPACION Habilitacion. No encontrarse incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para celebrar contratos con entidades estatales. Para proponentes en consorcio o en union temporal, este requisito debe ser cumplido por cada uno de sus integrantes.

Experiencia. El proponente debe acreditar experiencia en la ejecucion de trabajos de construccion o reposicion de minimo quinientos (500) metros de redes de acueducto en diametro mayor o igual a 10", realizados en los ultimos diez (10) años, contados a la fecha de cierre para la presentacion de propuestas. Para proponentes en consorcio o en union temporal este requisito debe ser cumplido al menos por el integrante que tenga la mayor participacion.

Capacidad financiera. Los proponentes deberan cumplir con los siguientes indicadores financieros: Indicador de Liquidez mayor o igual a 1;

Indicador de Endeudamiento menor o igual al 50% y Capital de trabajo mayor o igual a $500 millones. Para proponentes en consorcio o en union temporal este requisito debe ser cumplido como la suma de las partes integrantes.

Inscripcion en el Departamento de Impuestos del Municipio. Los proponentes deberan acreditar la inscripcion o matricula en el Departamento de Impuestos del Municipio de Medellin. Para proponentes en consorcio o en union temporal, este requisito debe ser cumplido por cada uno de sus integrantes.

Acreditacion de existencia y representacion legal. Todo proponente debera acreditar su existencia y representacion mediante los documentos exigidos por la ley colombiana. Para proponentes en consorcio o en union temporal, anexar el documento de constitucion del consorcio o de la union temporal donde se establece el representante legal y el porcentaje de participacion de cada integrante.

Garantia de seriedad. Cada propuesta debera acompañarse de una garantia bancaria o de compañia de seguros legalmente establecida en Colombia, preferiblemente con domicilio y poder decisorio en la ciudad de Medellin, de forma aceptable para las Empresas, por un valor de trescientos sesenta millones de pesos ($360.000.000) m. l.

Certificacion de pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales. En cumplimiento del articulo 50 de la Ley 789 de 2002 -Ley de Reforma Laboral-, los proponentes deberan acreditar el pago de los...

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