Resolución número 002550 de 2008, por la cual se adicionan los Lineamientos Técnicos del Programa de Adopciones. - 8 de Julio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 60035669

Resolución número 002550 de 2008, por la cual se adicionan los Lineamientos Técnicos del Programa de Adopciones.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47404

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras, en uso de las facultades legales y estatutarias establecidas en el articulo 78 de la Ley 498 de 1998, el inciso 2° del articulo del Decreto 3264 de 2002 y la Ley 1098 de 2006 - Codigo de la Infancia y la Adolescencia, y demas normas concordantes y complementarias, y CONSIDERANDO:

Que en materia de Adopcion Internacional es necesario reglamentar las funciones de los representantes legales de los Organismos Acreditados y las Agencias Internacionales Autorizadas.

Que de conformidad con lo previsto en el articulo 62 de la Ley 1098 de 20061, el ICBF es la autoridad central en materia de adopciones y por tanto la competente para fijar lineamientos al respecto.

Que el articulo 209 de la Constitucion Politica ordena que la funcion administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economia, celeridad, imparcialidad y publicidad.

en Que en merito de lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1° Adicionar a la parte final del punto "2.4.2.2

Entes Internacionales" del lineamiento tecnico del programa de adopciones, el contenido del titulo "Funciones del representante legal en Colombia de los Organismos Acreditados y las Agencias Internacionales autorizados para prestar servicios de adopcion internacional", asi: "Funciones del representante legal en Colombia de los Organismos Acreditados y las Agencias Internacionales autorizadas para prestar servicios de adopcion internacional.

El representante legal de los Organismos Acreditados y las Agencias Internacionales, cumplira las siguientes funciones: 1. Representar judicial y extrajudicialmente al Organismo Acreditado o Agencia Internacional en los asuntos relacionados con la adopcion internacional.

  1. Conocer, aplicar y divulgar el contenido de la Ley 1098 de 2006 Codigo de la Infancia y la Adolescencia, los lineamientos tecnicos del programa de adopciones y toda la normatiel vidad vigente en materia de Adopcion Internacional, al Organismo o Agencia que representa.

  2. Informar de manera inmediata al Organismo Acreditado o Agencia Internacional, todos los requerimientos de la Autoridad Central Colombiana.

    1 Codigo de la Infancia la Adolescencia.

  3. Informar cada (3) tres meses toda modificacion de los costos del proceso de adopcion, para la actualizacion en la pagina web de ICBF.

  4. Certificar que el Organismo o Agencia en el pais receptor, dio a conocer a la familia el funcionamiento del sistema de adopcion en Colombia, la lista de espera, el contenido del articulo 74 del Codigo de la Infancia y la Adolescencia "Prohibicion de pago" y los gastos en que deben incurrir una vez se encuentren en Colombia, haciendo enfasis que c1 tramite ante el ICBF no genera ningun costo.

  5. Revisar y radicar la documentacion completa de las familias solicitantes de adopcion. Los documentos deben foliarse y organizarse en una carpeta...

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