Resolución número 000438 de 2013, por la cual se reglamenta y administra para el año 2014 el contingente de importación para carne de bovino establecido para el cuarto año calendario en el Acuerdo de Libre Comercio entre Canadáy la República de Colombia, y su Decreto Reglamentario número185 de 2012 - 13 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 481651366

Resolución número 000438 de 2013, por la cual se reglamenta y administra para el año 2014 el contingente de importación para carne de bovino establecido para el cuarto año calendario en el Acuerdo de Libre Comercio entre Canadáy la República de Colombia, y su Decreto Reglamentario número185 de 2012

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín49003

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, y en especial las que le confiere la Ley 1363 de 2009, el Decreto número 185 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1363 del 9 de diciembre de 2009, aprobó el "Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia", firmado en Lima, Perú, el 21 de noviembre de

2008, y el "Canje de notas entre Canadá y la República de Colombia del 20 de febrero de

2009, por medio del cual "se corrigen errores técnicos y materiales del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia".

Que en virtud del Acuerdo, se establecieron contingentes arancelarios de importación para Carne Bovina de Calidad - Cortes Finos clasificadas por las líneas arancelarias 0201200000A, 0202200000A, 0201300010 y 0202300010, Carne de Bovino - Cortes Industriales clasificadas por las líneas arancelarias 0201100000, 0201200000B, 0201300090, 0202100000, 0202200000B y 0202300090, Carne de Bovino - Despojos clasificadas por las líneas arancelarias 0206100000, 0206210000, 0206220000, 0206290000, 0504001000, 0504002000, 0504003000, originarias de Canadá.

Que el acuerdo de libre comercio entre Canadá y la República de Colombia establece en su artículo 219 "administración e implementación de contingentes arancelarios", que Colombia se asegurará que se asignen las cantidades dentro de la cuota, de conformidad con sus contingentes arancelarios en cantidades de embarques comercialmente viables, y en la máxima medida de lo posible, en las cantidades que los importadores soliciten.

Que de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural ha recibido por parte de los importadores solicitudes en las cuales se manifiesta que en la medida de lo posible, las asignaciones de cupos se hagan en embarques comercialmente viables, con el propósito de facilitar su negociación.

Que mediante Decreto número 185 de 30 de enero de 2012, se da cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud delAcuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y Canadá.

Que la Sección C del Decreto número 185 del 30 de enero de 2012, señaló los contingentes arancelarios para cada año establecidos en el Programa de Desgravación para las importaciones de los productos agrícolas originarios de Canadá, los cuales serán reglamentados y administrados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR), de conformidad con el artículo 57 del mismo cuerpo normativo.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Contingentes de importación.

Los contingentes arancelarios de importación para carne bovina originaria de Canadá, correspondiente al año 2014, esto es, los establecidos para el cuarto año calendario de la entrada en vigor del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia son:

a) Contingente de importación de mil novecientos ocho (1.908) toneladas métricas de Carne Bovina de Calidad - Cortes Finos, clasificadas por las líneas arancelarias 0201200000A, 0202200000A, 0201300010 y 0202300010.

Para efectos de este contingente y de conformidad con los literales a) y...

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