Resolución número 000090 de 2012, por la cual se adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Emisor | Unidades Administrativas Especiales |
Número de Boletín | 48567 |
19
Edición 48.567
Viernes, 28 de septiembre de 2012 D I A R I O O F I C I A L
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
El Director General,
Juan Ricardo Ortega López.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 000090 DE 2012
por la cual se adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para la Unidad
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
CONSIDERANDO:
una entidad con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y se dictan otras
Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,
fortalecer las instancias de coordinación jurídica al interior de la Dirección de Gestión Jurídica
y de las Divisiones Jurídicas de las Direcciones Seccionales, para la expedición de actos admi
nistrativos, la representación judicial y extrajudicial, la expedición de la doctrina y la revisión
de proyectos de normatividad.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, contribuye a la consecución de los
ción del orden público económico nacional, mediante la administración y control al debido
,
Que se hace necesario que las referidas orientaciones se adopten a partir de un modelo
defensa de los intereses públicos, y la prevención del daño antijurídico, le permitan a la entidad
RESUELVE:
CAPÍTULO I
Adopción del Modelo de Gerencia Jurídica
Artículo 1º. Modelo de Gerencia Jurídica Pública.
Pública Tributario, Aduanero, de Control Cambiario, Jurídico Penal y Administrativo, para la
Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Artículo 2º. Principios rectores.
2. Buena fe.
4. Imparcialidad y objetividad.
5. Transparencia.
Artículo 3º. Liderazgo. Corresponde a la Dirección de Gestión Jurídica de la Unidad Ad
ministrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, liderar la formulación,
Las dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas
de Gestión Jurídica y las instancias de coordinación respectivas.
Artículo 4º. Objetivos
Control Cambiario, Jurídico Penal y Administrativo, de la Unidad Administrativa Especial
1. La imparcialidad y objetividad en la expedición de actos administrativos, y la represen
tación judicial y extrajudicial.
con personal idóneo.
y por los procedimientos internos para el cumplimiento de las funciones.
4. La unidad de criterio jurídico –
penal y administrativas, competencia de la Entidad.
diferentes de las jurídicas, participen de manera oportuna y decidida en la defensa judicial y
Artículo 5º. Criterios de la gestión. La Dirección de Gestión Jurídica, las Subdirecciones
proyección y expedición de actos administrativos, la representación judicial y extrajudicial,
las actuaciones administrativas, extrajudiciales y judiciales.
4. El acompañamiento en el diseño, implementación, desarrollo y administración de sistemas
coordinación jurídica.
y adoptar las decisiones, conforme con las instrucciones de la Dirección de Gestión Jurídica,
8. La formación y autoformación en materia jurídica.
CAPÍTULO II
Política institucional de seguridad y certeza jurídica
Artículo 6º. Política institucional de seguridad y certeza jurídica. Adoptar para la Unidad
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la política institucional
causas de demanda y de condena de la Entidad.
5. Publicidad de la información.
Competencia para la expedición de conceptos. Corresponde a la Dirección de
Gestión Jurídica y a la Subdirección de Gestión de Normativa y Doctrina, en su condición de
autoridad doctrinaria, la función de mantener la unidad doctrinal en materia tributaria, aduanera
y de control cambiario.
Gestión de Normativa, la función de mantener la unidad doctrinal en materia administrativa
atendiendo los criterios de las autoridades doctrinarias en estos asuntos.
normas y absolver consultas en materia de nomenclatura arancelaria, valoración aduanera,
Artículo 8º. Obligatoriedad. Los contribuyentes que actúen con base en los conceptos
emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica de la Unidad Administrativa Especial Dirección
y en la jurisdiccional con base en los mismos. Durante el tiempo en que tales conceptos se
por las autoridades tributarias. Cuando la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales cambie
264 de la Ley 223 de 1995).
Los conceptos emitidos sobre la interpretación y aplicación de las leyes tributarias, o de
Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en asuntos penales en su condición de
víctima y en aquellos asuntos de competencia de la Entidad, que sean publicados constituyen
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