Resolución número 003452 de 2013, por la cual se adopta el valor de la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado para el año 2013 para la población reclusa a cargo del Inpec y se dictan otras disposiciones - 10 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 459244130

Resolución número 003452 de 2013, por la cual se adopta el valor de la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado para el año 2013 para la población reclusa a cargo del Inpec y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín48909

El MMinistro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial, de las conferidas en el numeral 34 del artículo 2º del Decreto-ley 4107 de 2011, adicionado por el artículo 2º del Decreto 2562 de 2012 y el artículo 12 del Decreto 2496 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Estado intervenir en el servicio público de Seguridad Social en Salud, en aras de garantizar la observancia de los principios consagrados en la Constitución y en la ley y, especialmente, asegurar el carácter obligatorio y la naturaleza de derecho social para todos los habitantes del país en el marco de las responsabilidades y competencias de cada entidad.

Que la población reclusa del país a cargo del Inpec, por las características especiales de internación y su riesgo epidemiológico, requiere reglas específicas para lograr el acceso a los servicios de salud que garantiza el Estado a través del Sistema General de Seguridad Social en Salud y el establecimiento de una Unidad de Pago por Capitación (UPC), acorde con las condiciones especiales de su atención en salud.

Que el literal m) del artículo 14 de la Ley 1122 de 2007 dispone que "la población reclusa del país se afiliará al Sistema General de Seguridad Social en Salud. El Gobierno Nacional determinará los mecanismos que permitan la operatividadpara que estapoblación reciba adecuadamente sus servicios".

Que en desarrollo de esta facultad, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2496 de 2012, en cuyo artículo 12 dispuso que "para la población reclusa la autoridad competente definirá una UPC que responda a las condiciones particulares de dicha población, acorde con el riesgo y el costo de la atención en salud".

Que corresponde a este Ministerio definir el valor de la Unidad de Pago por Capitación de cada régimen, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 34 del artículo del Decreto 4107 de 2011, adicionado por el artículo 2º del Decreto 2562 de 2012.

Que mediante Resolución 4480 de 2012, este Ministerio fijó el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del Plan Obligatorio de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado para el año 2013.

Que la Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud, en Sesión número 5 del pasado 27 de mayo, después...

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