Resolución número 000148 de 2013, por la cual se adopta el Modelo de Administración Jurídica del Estado para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) - 22 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 521680614

Resolución número 000148 de 2013, por la cual se adopta el Modelo de Administración Jurídica del Estado para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín49220

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales y, en especial las conferidas por los artículos 211 de la Constitución Política, 65 B de la Ley 23 de 1991; 75 de la Ley 446 de 1998; 9º, 10 (inciso 2º), 78 y 82 de la Ley 489 de 1998; el inciso 2º del artículo 45 del Decreto número 111 de 1996; el artículo 2º del Decreto-ley 1071 de 1999; artículo 6º numerales 1, 6, 12, 19, 20, 21, 22, 29, 39, numeral 12 y artículo 49 del Decreto número 4048 de 2008, y el artículo 17 del Decreto número 1716 de 2009.

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 090 del 27 de septiembre de 2012, se adoptó el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN);

Que en la evaluación de la aplicación de la Resolución número 090 de 2012, se ha visto la necesidad de actualizar, ajustar y modificar dicha Resolución, con el objeto de cumplir de manera más eficaz los principios de la Función Pública señalados en el artículo 209 de la Constitución Política;

Que para garantizar la unidad de criterio, la seguridad y la certeza jurídica, se requiere fortalecer las instancias de coordinación jurídica al interior de la Dirección de Gestión Jurídica y de las Divisiones Jurídicas de las Direcciones Seccionales o quien haga sus veces, para la expedición de actos administrativos, la representación judicial y extrajudicial, la expedición de la doctrina y la revisión de proyectos de normatividad;

Que se hace necesario, modificar la estructura de los Comités de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), con el fin de consolidar y unificar los criterios jurídicos y técnicos en la expedición de la doctrina de la entidad, en la revisión de proyectos de actos administrativos, y en las políticas de defensa judicial;

Que mediante Sentencia C-473 de 2013 la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto número 4171 de 2011 mediante el cual se creó el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN);

Que se hace necesario hacer más expedita la elaboración de los proyectos de los actos administrativos que resuelven los recursos de apelación interpuestos, las solicitudes de revocatoria directa, los que deciden los impedimentos y recusaciones que formulen los empleados públicos o que se propongan contra estos, para la firma del (a) Director (a)

General de la DIAN;

Que de conformidad con el artículo 2º del Decreto-ley 1071 de 1999, por el cual se organiza la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como una entidad con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y se dictan otras disposiciones y, en armonía con lo dispuesto en los artículos , 10, 78 y 82 de la Ley 489 de 1998 la representación legal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), estará a cargo del Director General, quien podrá delegarla de conformidad con las normas legales vigentes;

Que el artículo 49 del Decreto número 4048 del 22 de octubre de 2008, establece la Delegación de funciones del Director General en cabeza del empleado público que mediante resolución designe para tal efecto;

Que es función de la Dirección de Gestión Jurídica de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), según el Decreto número 4048 de 2008 artículo 19: "...13. Garantizar la representación de la DIAN, directamente o a través de su organización interna y de acuerdo con las delegaciones del Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en los procesos que se surtan en materia tributaria, aduanera, cambiaria, en lo de competencia de la Entidad, ante las autoridades jurisdiccionales, así como efectuar el seguimiento y control de los mismos";

Que se hace necesario delegar la facultad de representación judicial y extrajudicial del Director General en cabeza del Director de Gestión Jurídica, el Subdirector de Gestión de Representación Externa y en los Directores Seccionales;

Que en cumplimiento del artículo 51 de la Resolución número 90 de 2012, la Subdirección de Gestión de Representación Externa ha venido proyectando los actos administrativos que ordenan el cumplimiento de la totalidad de las sentencias judiciales a nivel nacional y de los mecanismos alternativos de solución de conflictos para la firma del Director General;

Que para garantizar la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fallos judiciales y de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, es necesario establecer un procedimiento expedito para la expedición de los actos administrativos por medio de los cuales se ordene el cumplimiento de los fallos que generen pago en contra de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN);

Que teniendo en cuenta que la Resolución número 090 de 2012 ha tenido dos modificaciones, se hace necesario integrar en una sola resolución, lo relacionado con la Defensa Jurídica y Prevención del Daño Antijurídico para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN);

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

Adopción del Modelo de Administración Jurídica del Estado

Artículo 1º Modelo de Administración Jurídica del Estado.

Adoptar el Modelo de Administración Jurídica del Estado en materia Tributaria, Aduanera, de Control Cambia-rio, Jurídico Penal y Administrativo, para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Artículo 2º Principios rectores.

Además de los principios que gobiernan la función administrativa previstos en nuestra Constitución Política, artículos 1º a 10, y 209; en el Código Contencioso Administrativo, artículos y , en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo o el que lo modifique o sustituya, Ley 1437 de 2011, artículos 1º a 3º, conforme con su vigencia; en la Ley 489 de 1998, artículos 3º, 4º y 6º, el Modelo de Administración Jurídica Pública de la Entidad, tendrá como ejes rectores los siguientes principios orientadores de la gestión:

  1. Seguridad y certeza jurídica.

  2. Buena fe.

  3. Legalidad o juridicidad.

  4. Imparcialidad y objetividad.

  5. Transparencia.

  6. Protección del patrimonio e interés público.

  7. Defensa integral de los intereses públicos.

  8. Integridad ética del abogado del Estado.

Artículo 3º Liderazgo.

Corresponde a la Dirección de Gestión Jurídica de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), liderar la formulación, la adopción, la implementación, el seguimiento, la ejecución y la supervisión de las políticas públicas que adopte la Entidad en materia de Administración Jurídica Pública.

Las dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de todos los niveles y órdenes, deberán implementar y dar cumplimiento a las directrices que en materia de administración jurídica pública adopte la Dirección General, la Dirección de Gestión Jurídica y las instancias de coordinación respectivas.

Artículo 4º Objetivos.

El Modelo de Administración Jurídica del Estado, Tributario, Aduanero, de Control Cambiario, Jurídico Penal y Administrativo, de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), tiene los siguientes objetivos:

  1. La imparcialidad y objetividad en la expedición de actos administrativos, y la representación judicial y extrajudicial.

  2. La defensa judicial y extrajudicial de la entidad de manera integral, oportuna, técnica y con personal idóneo.

  3. El respeto por el debido proceso en los términos previstos en nuestra Constitución Política y por los procedimientos internos para el cumplimiento de las funciones.

  4. La unidad de criterio jurídico riguroso, integral y efectivo.

  5. La especialización en las temáticas tributarias, aduaneras, de control cambiario, jurídico penal y administrativas, competencia de la Entidad.

  6. La sistematización y promoción del uso de sistemas de información jurídica que permitan dar seguridad jurídica, efectividad y eficiencia a la gestión jurídica de la Entidad.

  7. El análisis integral de las fuentes normativas con el propósito de hacer una adecuada valoración y administración de los riesgos jurídicos, y

  8. La coordinación y gestión institucional integral, para que las demás áreas de la Entidad, diferentes de las jurídicas, participen de manera oportuna y decidida en la defensa judicial y la gerencia jurídica pública.

Artículo 5º Criterios de la gestión.

La Dirección de Gestión Jurídica, las Subdireccio-nes de Gestión que la integran, las Direcciones Seccionales, las Divisiones Jurídicas, los Grupos Internos de Trabajo y, en general, las áreas que tengan a su cargo la expedición de conceptos, proyección y expedición de actos administrativos, la representación judicial y extrajudicial y, en general, cualquier aspecto que gravite en torno al Modelo de Administración Jurídica del Estado en materia Tributaria, Aduanera, de Control Cambiario, Jurídico Penal y Administrativo, tendrán en cuenta para el desarrollo de su gestión, los siguientes criterios de gestión:

  1. La unidad de criterio y rigor técnico jurídico los cuales deberán estar presentes en todas las actuaciones administrativas, extrajudiciales y judiciales.

  2. La conservación documental integral en el manejo de los expedientes y antecedentes administrativos conforme con las normas vigentes sobre la materia.

  3. La trazabilidad en la producción de actos administrativos y actuaciones extrajudiciales y judiciales y el registro de los productos en los sistemas de información jurídica.

  4. El acompañamiento en el diseño, implementación, desarrollo y administración de sistemas de información jurídica que permitan...

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