Resolución número 1514 de 2012, por la cual adoptan los Términos de Referencia para la Elaboración del Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos - 1 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 400390822

Resolución número 1514 de 2012, por la cual adoptan los Términos de Referencia para la Elaboración del Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín48570

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 44 del Decreto número 3930 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 del Decreto número 3930 de 2010, "por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9ªde 1979, así como el Capítulo II del Título VI -Parte III- Libro II del Decreto-ley 2811 de 1974 en cuanto a usos del agua y residuos líquidos y se dictan otras disposiciones, dispone que toda persona natural o jurídica cuya actividad o servicio genere vertimientos a las aguas superficiales, marinas, o al suelo, deberá solicitar y tramitar ante la autoridad ambiental competente, el respectivo permiso de vertimientos.

Que el artículo 42 del Decreto número 3930 de 2010 en su numeral 20 establece como uno de los requisitos para obtener el permiso de vertimientos la presentación del Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos.

Que el artículo 44 del decreto señala que "Las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado que desarrollen actividades industriales, comerciales y de servicios que generen vertimientos a un cuerpo de agua o al suelo deberán elaborar un Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos en situaciones que limiten o impidan el tratamiento del vertimiento. Dicho plan debe incluir el análisis del riesgo, medidas de prevención y mitigación, protocolos de emergencia y contingencia y programa de rehabilitación y recuperación.

Que de conformidad con el parágrafo del artículo 44 del Decreto número 3930 de 2010 le compete al Ministerio de Ambiente, y Desarrollo Sostenible, adoptar los términos de referencia para la elaboración del Plan de Gestión de Riesgo para el Manejo de Vertimientos.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Adoptar los Términos de Referencia para la elaboración del Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos - PGRMV, de que trata el anexo 1 de la presente resolución, el cual hace parte integral de la misma.

Artículo 2º Ámbito de Aplicación

La presente resolución rige en todo el territorio Nacional y aplica a las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, que desarrollen actividades industriales, comerciales y de servicios, que generen vertimientos a un cuerpo de agua o al suelo.

Los proyectos, obras o actividades objeto de licencia ambiental de conformidad con la normatividad vigente, que incluyan vertimientos deberán elaborar el Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos, según lo dispuesto en los términos de referencia de que trata el artículo 1º de la presente resolución.

Parágrafo. Las situaciones de emergencia o contingencia asociadas con derrames que se presenten en otras áreas de proceso o actividad diferente a situaciones que limiten o impidan el tratamiento del vertimiento, deberán ser abordadas y manejadas a través del Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos o Sustancias Nocivas.

Artículo 3º Definiciones.

Para la aplicación de la presente resolución se adoptan las definiciones contenidas en el Anexo 2, el cual hace parte integral de la misma.

Artículo 4º Responsabilidad del Plan de Gestión del Riesgo para Manejo de Vertimientos.

La formulación e implementación del Plan de Gestión de Riesgos para el Manejo de Vertimientos es responsabilidad del generador del vertimiento que forma parte del permiso de vertimiento, o licencia ambiental, según el caso, quien deberá desarrollarlo y presentarlo de acuerdo con los términos establecidos en la presente resolución.

Artículo 5º Vigencia del Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos.

El Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos deberá tener la misma vigencia del permiso de vertimiento o licencia ambiental, según el caso.

Artículo 6º Vigencia.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., 31 de agosto de 2012.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

Frank Pearl.

TÉRMINOS DE REFERENCIA PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO PARA EL MANEJO DE VERTIMIENTOS (VERSIÓN AGOSTO DE 2012)

DECRETO NÚMERO 3930 DE 2010

BOGOTÁ, D. C., 2012

TABLA DE CONTENIDO

1. PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO PARA EL MANEJO DE VERTIMIENTOS

2. GENERALIDADES

2.1. Introducción

2.2. Objetivos

2.2.1. General

2.2.2. Específicos

2.3. Antecedentes

2.4. Alcances

2.5. Metodología

3. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Y PROCESOS ASOCIADOS AL SISTEMA DE GESTIÓN DEL VERTIMIENTO

3.1. Localización del Sistema de Gestión del Vertimiento

3.2. Componentes y Funcionamiento del Sistema de Gestión del Vertimiento

4. CARACTERIZACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA

4.1. Área de Influencia

4.2. Medio Abiótico

4.2.1. Del Medio al Sistema

4.2.1.1. Geología:

4.2.1.2. Geomorfología:

4.2.1.3. Hidrología

4.2.1.4. Geotecnia

4.2.2. Del Sistema de Gestión del Vertimiento al Medio 4.2.2.1. Suelos, Cobertura y Usos del Suelo

4.2.2.2. Calidad del Agua

4.2.2.3. Usos del Agua

4.2.2.4. Hidrogeología

4.3. MEDIO BIÓTICO

4.3.1. Ecosistemas Acuáticos

4.3.2. Ecosistemas Terrestres

4.4. MEDIO SOCIOECONÓMICO

5. PROCESO DE CONOCIMIENTO DEL RIESGO

5.1. Identificación y Determinación de la Probabilidad de Ocurrencia y/o Presencia de una Amenaza

5.1.1. Amenazas Naturales del Área de Influencia

5.1.2. Amenazas Operativas o Amenazas Asociadas a la Operación del Sistema de Gestión del Vertimiento

5.1.3. Amenazas por Condiciones Socio-culturales y de Orden Público

5.2. Identificación y Análisis de la Vulnerabilidad

5.3. Consolidación de los Escenarios de Riesgo

6. PROCESO DE REDUCCIÓN DEL RIESGO ASOCIADO AL SISTEMA DE GESTIÓN DEL VERTIMIENTO

7. PROCESO DE MANEJO DEL DESASTRE

7.1. Preparación para la Respuesta

7.2. Preparación para la Recuperación Posdesastre

7.3. Ejecución de la Respuesta y la Respectiva Recuperación

8. SISTEMA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN

9. DIVULGACIÓN DEL PLAN

10. ACTUALIZACIÓN Y VIGENCIA DEL PLAN

11. PROFESIONALES RESPONSABLES DE LA FORMULACIÓN DEL

PLAN

12. ANEXOS Y PLANOS

TÉRMINOS DE REFERENCIAPARALAELABORACIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO PARA EL MANEJO DE VERTIMIENTOS

El documento que se presenta a continuación corresponde a los Términos de Referencia para la formulación del "Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos", de que trata el artículo 44 del Decreto número 3930 de 2010. El plan deberá enmarcarse en los procesos de Conocimiento del Riesgo, Reducción del Riesgo y Manejo del Desastre de acuerdo con lo establecido en la Ley 1523 de 2012.

Estos términos tienen un carácter genérico y en consecuencia deben ser adaptados a las particularidades del sistema de Gestión del Vertimiento, así como a las características ambientales del área de influencia donde se pretende desarrollar.

En caso de presentarse fallas en los sistemas de tratamiento, labores de mantenimiento preventivo o correctivo o emergencias o accidentes que limiten o impidan el cumplimiento de la norma de vertimiento, de inmediato el responsable de la actividad industrial, comercial o de servicios que genere vertimientos a un cuerpo de agua o al suelo, deberá suspender las actividades que generan el vertimiento, exceptuando aquellas directamente asociadas con la generación de aguas residuales domésticas.

Adicionalmente, si su reparación y reinicio requiere de más de tres (3) horas diarias se le debe informar a la autoridad ambiental competente de la suspensión de actividades y/o de la puesta en marcha del Plan de Gestión del Riesgo.

1. PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO PARA EL MANEJO DE VERTIMIENTOS

El Plan de Gestión del Riesgo para Manejo de Vertimientos PGRMV, tendrá como objetivo la ejecución de medidas de intervención orientadas a evitar, reducir y/o manejar la descarga de vertimientos a cuerpos de agua o suelos asociados a acuíferos en situaciones que limiten o impidan el tratamiento del vertimiento.

El PGRMV se desarrollará a través de tres procesos1:

- Conocimiento del Riesgo

Es el proceso de la Gestión del Riesgo conformado por la identificación de Escenarios de Riesgo, el Análisis y Evaluación del Riesgo, el Monitoreo y Seguimiento del Riesgo y sus componentes y la comunicación sobre los riesgos existentes para promover una mayor conciencia y alimentar los procesos de Reducción del Riesgo y Manejo del Desastre.

- Reducción del Riesgo

Es un proceso de la Gestión del Riesgo, conformado por la intervención dirigida a modificar o disminuir las condiciones de riesgo existentes, así como evitar nuevos riesgos en el área de influencia del Sistema de Gestión del Vertimiento. Corresponde a las medidas de mitigación y prevención que se adoptan con antelación para reducir la amenaza, la exposición y disminuir la vulnerabilidad de las personas, los medios de subsistencia, los bienes, la infraestructura y los recursos naturales renovables, para evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de producirse los eventos físicos peligrosos. La reducción del riesgo la componen la intervención correctiva del riesgo existente, la intervención prospectiva de nuevos riesgos y la protección financiera.

- Manejo del Desastre

Es el proceso de la Gestión del Riesgo conformado por la preparación para la respuesta a emergencias, la preparación para la recuperación posdesastre, la ejecución de la respuesta y la ejecución de la recuperación.

2. GENERALIDADES

2.1. Introducción

En la introducción se deberá indicar y describir de forma general, los aspectos relacionados con el tipo de proyecto para el cual se presenta el Plan de Gestión del Riesgo. Se deben especificar los mecanismos, procedimientos y métodos de recolección, el procesamiento y análisis de la...

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