Decreto número 2883 de 2007, por el cual se modifica la estructura de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA - 31 de Julio de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50464028

Decreto número 2883 de 2007, por el cual se modifica la estructura de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín46706

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del articulo 189 de la Constitucion Politica y el articulo 54 de la Ley 489 de 1998, DECRETA:

Articulo 1° Estructura

La estructura de la Comision de! Regulacion de Agua Potable y Saneamiento Basico, CRA, sera la siguiente: 1. Comite de Expertos Comisionados 2. Despacho del Director Ejecutivo 2.1. Oficina Asesora Juridica 2.2. Oficina Asesora de Planeacion 3. Subdireccion Administrativa y Financiera 4. Subdireccion Tecnica.

Articulo 2° Comite de Expertos Comisionados

Son funciones del Comite de Expertos Comisionados, las siguientes: 1. Revisar y someter a consideracion de la Comision de Regulacion de Agua Potable y Saneamiento Basico los planes de accion de corto, mediano y largo plazo, en especial el plan estrategico quinquenal y las agendas regulatorias indicativas anuales, de conformidad con la normatividad vigente.

  1. Distribuir las diferentes tareas entre los expertos y asignar los recursos tecnicos y humanos, internos y externos, para su ejecucion.

  2. Fijar los lineamientos generales y el alcance tecnico para la contratacion de consultorias respecto a estudios, proyectos e investigaciones que se requieran para el cumplimiento de la mision de la Institucion, asi como designar el respectivo comite evaluador.

  3. Estudiar y decidir sobre los asuntos que se someteran a conocimiento y decision de la Comision de Regulacion de Agua Potable y Saneamiento Basico, y proponer el orden del dia que sera evacuado por esta.

  4. Presentar ante la Comision de Regulacion de Agua Potable y Saneamiento Basico el anteproyecto anual de Presupuesto de la Institucion.

  5. Aprobar las actas de las sesiones del Comite de Expertos Comisionados.

  6. Seleccionar el personal de libre nombramiento y remocion de la Institucion, de acuerdo con la normatividad aplicable.

  7. Aprobar la participacion de los Expertos Comisionados y los demas servidores de la Institucion, en eventos nacionales o internacionales, que tengan relacion con la mision de la Institucion.

  8. Dirigir y coordinar las publicaciones de la Comision de Regulacion de Agua Potable y Saneamiento Basico.

  9. Unificar los criterios para la solicitud de informacion a las Instituciones reguladas en lo de su competencia.

Articulo 3° Despacho del Director Ejecutivo

Son funciones de la Direccion Ejecutiva, las siguientes: 1. Ordenar y dirigir la celebracion de licitaciones, concursos y procesos de seleccion de los contratistas, y celebrar de conformidad con la normatividad vigente, los contratos necesarios para el funcionamiento de la Institucion, asi como ordenar el gasto y el pago.

  1. Concertar con el Presidente de la Comision el orden del dia de cada sesion de Comision de Regulacion de Agua Potable y Saneamiento Basico.

  2. Convocar y orientar el desarrollo de las sesiones del Comite de Expertos Comisionados.

  3. Disponer lo pertinente para que se cumplan las decisiones de la Comision de Regulacion de Agua Potable y Saneamiento Basico, y del Comite de Expertos, mediante las publicaciones, instrucciones a los subalternos, comunicaciones a organismos de control, regulados y usuarios, entre otros.

  4. Dirigir e impulsar la formulacion de los diferentes Planes y programas de la Institucion, asi como sus Planes Operativos, de conformidad con los objetivos y lineamientos previstos por la ley, y velar por su cumplimiento.

  5. Suscribir las resoluciones, actas, circulares externas y demas documentos de la Comision de Regulacion de Agua Potable y expedir resoluciones, circulares internas, oficios, memorandos y demas documentos de la Institucion que se requieran.

  6. Expedir los actos administrativos de caracter particular mediante los cuales se apruebe la contribucion especial que cada prestador de servicios publicos domiciliarios sometidos a la regulacion de la Institucion debe pagar y resolver los recursos que se interpongan contra ellos.

    LEY 975 DE 2005 por la cual se dictan disposiciones para la...

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