Decreto número 1246 de 2013, por el cual se retira del servicio a un notario por haber alcanzado la edad de retiro forzoso y se designa un notario en interinidad en el Círculo Notarial de Valledupar, en el departamento del Cesar - 14 de Junio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 441253814

Decreto número 1246 de 2013, por el cual se retira del servicio a un notario por haber alcanzado la edad de retiro forzoso y se designa un notario en interinidad en el Círculo Notarial de Valledupar, en el departamento del Cesar

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48821

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 131 de la Constitución Política, los artículos 148 y 161 del Decreto-ley 960 de 1970, 5º del Decreto 2163 de 1970, 66, 71 y 74 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, 1º del Decreto 3047 de 1989, y de la Ley 588 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso 2º del artículo 182 del Decreto-ley 960 de 1970 estipula que el retiro del Notario "se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de fa causal."

Que el Decreto 3047 de 1989 establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de 65 años.

Que mediante fallo de Acción de Cumplimiento proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, del 9 de agosto de 2012, se ordenó a la Nación — Presidencia de la República y al Ministerio de Justicia y del Derecho, el cumplimiento del artículo 1º del Decreto 3047 de 1989, esto teniendo en cuenta que la Sala consideró que por su "condición de inobjetibilidad" debe darse estricto cumplimiento al mandato legal y "proceder con el retiro de los notarios cuando estos cumplan la edad de 65 años".

Que mediante fallo de Acción de Cumplimiento proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, del 19 de febrero de 2013, se ordenó al Presidente de la República, a la Ministra de Justicia y del Derecho en calidad de Presidenta del Consejo Superior de la Carrera Notarial y a la Directora de Gestión Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, el cumplimiento de los artículos 182 del Decreto 960 de 1970 y 1º del Decreto 3047 de 1989, en el sentido de disponer lo pertinente y necesario para hacer efectivo el retiro entre otros del doctor Iván de Jesús Orozco Orozco, Notario Segundo (2º) del Círculo de Valledupar, por haber alcanzado la edad de retiro forzoso, "previa verificación de la inclusión en nómina de pensionados del respectivo fondo en el que tenga a cargo el reconocimiento de la pensión de dichas personas".

Que el doctor Iván de Jesús Orozco Orozco, Notario Segundo (2º) del Círculo de Valledupar, cumplió 65 años de edad el 7 de junio del año 2012, según se deduce de la copia del registro...

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