Resolución número 7325 de 2012, por la cual se otorga Licencia de Funcionamiento Inicial a la Fundación Ángel de mi Guarda, 'por el derecho a ser niñ@s', de la ciudad de Bogotá, D. C., para desarrollar el Programa Especializado de Atención a Madres Gestantes y Lactantes Adolescentes y/o mayores de 18 años, con sus derechos amenazados, inobservados o vulnerados, en la modalidad Internado de Atención Especializada - 19 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 403554286

Resolución número 7325 de 2012, por la cual se otorga Licencia de Funcionamiento Inicial a la Fundación Ángel de mi Guarda, 'por el derecho a ser niñ@s', de la ciudad de Bogotá, D. C., para desarrollar el Programa Especializado de Atención a Madres Gestantes y Lactantes Adolescentes y/o mayores de 18 años, con sus derechos amenazados, inobservados o vulnerados, en la modalidad Internado de Atención Especializada

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín48588

El Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 7a de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 0987 de 2012, la Ley 1098 de 2006 y la Resolución 3899 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 de la Ley 1098 de 2006 establece que todas las personas naturales o jurídicas, con personería jurídica expedida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o sin ella, que aun con autorización de los padres o representantes legales alberguen o cuiden a niños, niñas o adolescentes, son sujetos de la vigilancia del Estado.

Que de acuerdo con las normas que regulan la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar - SPBF, compete al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector, coordinador y articulador, reconocer, otorgar, suspender y cancelar personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las instituciones del Sistema que prestan servicios de protección a los menores de edad o la familia y a las que desarrollen el programa de adopción.

Que el parágrafo 2º del artículo 60 de la Ley 1098 de 2006 establece que el Gobierno Nacional y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, deben expedir la reglamentación correspondiente al funcionamiento y operación de las casas de madres gestantes y los programas de asistencia y cuidado a mujeres con embarazos no deseados.

Que mediante Resolución número 2343 del 21 de diciembre de 2010 el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Regional ICBF Bogotá, otorgó personería jurídica y aprobó estatutos a la Fundación Ángel de mi Guarda, "por el derecho a ser niñ@s".

Que mediante Resolución número 7020 del 8 de octubre de 2012, expedida por la Dirección General del ICBF, se aprobó la...

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