Circular de Aranceles Totales del Sistema Andino de Franjas de Precio (SAFP) Circular número 12757000001264 de 2012 - 13 de Abril de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 365345058

Circular de Aranceles Totales del Sistema Andino de Franjas de Precio (SAFP) Circular número 12757000001264 de 2012

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín48400
129
Edición 48.400
Viernes, 13 de abril de 2012 D I A R I O O F I C I A L
de regionalización y compartimentación, de manera consistente con las recomendaciones
de la Organización Mundial de Sanidad Animal, y de forma tal que el impacto al comercio
sea el mínimo de conformidad con el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarios de la
Organización Mundial del Comercio.
Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Cartagena de Indias, D.T, y C., a 13 de abril de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Sergio Díaz-Granados Guida.
UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 006 DE 2012
(abril 12)
por medio de la cual se realiza un cambio de horario en la División de Gestión
de Asistencia al Cliente de la Dirección Seccional de Impuestos de Medellín.
El Director Seccional de Impuestos de Medellín en uso de sus facultades legales y en
especial las conferidas por el artículo 39 del Decreto 4048 de 2008 y numeral 11 del artículo
11 de la Resolución número 0014 de noviembre 4 de 2008.
CONSIDERANDO:
1. Que el artículo 11 numeral 11 de la Resolución 14 del 4 de noviembre de 2008 determina:
“Artículo 11”. Delegar en los Directores Seccionales y Directores Seccionales Dele-
gados las siguientes funciones:
(...)
Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformi-
dad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y
el horario de atención al público”.
2. Que de acuerdo al Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008 y a la Resolución 11
artículos 104 y 105 del 4 de noviembre de 2008, se crearon los Puntos de Contacto Sede
Campestre, Sede Antigua Aduana y Alpujarra, en la División de Gestión de Asistencia al
Cliente de la Dirección Seccional de Impuestos de Medellín.
3. Que de acuerdo a la Resolución 001 del 22 de octubre de 2010 la jornada laboral en
la División de Gestión de Asistencia al Cliente en la Dirección Seccional de Impuestos de
Medellín, Punto de Contacto de La Alpujarra, es desde las 8:00 a. m., a las 5:00 p. m., y la
atención al público es desde las 8:15 a. m. a las 4:15 p. m.
4. Que en los Puntos de Contacto Sede Campestre y Sede Antigua Aduana, se tiene
establecido como jornada de trabajo ocho (8) horas desde las 08:00 a. m., a las 05:00 p.
m., y la atención al público desde las 08:00 a. m., a las 11:30 a. m., y desde la 1:00 p. m.,
hasta las 4:30 p. m., a partir del 28 de marzo de 2011.
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Con fundamento en lo anteriormente expuesto el Director Seccional de Impuestos de
Medellín,
RESUELVE:
Artículo 1°. Establecer la jomada laboral ordinaria en la Dirección Seccional de Impues-
tos de Medellín en la División de Gestión de Asistencia al Cliente en el Punto de Contacto
de La Alpujarra a partir del 13 de abril de 2012, así: de lunes a viernes desde las 7:00 a.
m., a las 7:00 p. m., y el ingreso al público desde las 7:15 a. m. hasta las 5: 30 p. m., y el
día sábado de 8.00 a. m. a las 12.00 m. y el ingreso al público de 8.15 a. m., a 11.00 a. m.
Artículo 2°. 
noviembre de 2008, asimismo se dejan sin vigencia las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Medellín, a 12 de abril de 2012.
El Director Seccional de Impuestos de Medellín,
Javier Lisardo Montoya Grajales.
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(C. F.).
CIRCULARES EXTERNAS
(abril 13)
PARA: DIRECTORES SECCIONALES DE ADUANAS
DIRECTORES SECCIONALES DE IMPUESTOS Y ADUANAS
DIRECTORES SECCIONALES DELEGADOS DE IMPUESTOS Y
ADUANAS JEFES DIVISIÓN DE GESTIÓN DE LA OPERACIÓN
ADUANERA
FUNCIONARIOS INSPECTORES
IMPORTADORES Y DEMÁS USUARIOS DEL COMERCIO EX-
TERIOR
DE: DIRECTOR DE GESTIÓN DE ADUANAS
ASUNTO: DERECHOS CORRECTIVOS EN FORMA DE GRAVÁMENES
ARANCELARIOS APLICADOS A LAS IMPORTACIONES DE LOS
PRODUCTOS CLASIFICABLES POR LA PARTIDA 17.01
FECHA: 13 DE ABRIL DE 2012
Para dar cumplimiento a lo establecido en los Decretos 1054 de junio 21 de 1995, 1935
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de 2012, me permito informarles que las importaciones originarias de Venezuela para los
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y 1701.99.10.00, deberán pagar los derechos correctivos totales en forma de gravámenes
arancelarios, que aparecen a continuación:
NANDINA TASA AD VALÓREM (%)
17.01.14.00.00 10,28
17.01.99.90.00 10,28
La presente circular se aplicará para la quincena comprendida entre el 16 y el 30 de
abril de 2012.
Cordialmente,
El Director de Gestión de Aduanas,
Bernardo Escobar Yaver.
(C. F.).
Circular de Aranceles Totales del Sistema Andino de Franjas
de Precio (SAFP)
CIRCULARES
CIRCULAR NÚMERO 12757000001264 DE 2012
(abril 13)
PARA: Funcionarios de la DIAN, importadores y demás usuarios del Comercio
Exterior
DE: Director de Gestión de Aduanas
ASUNTO: Gravámenes ad-valórem aplicables a productos agropecuarios de refe-
rencia, sus sustitutos, productos agroindustriales o subproductos.
En cumplimiento de las disposiciones del Sistema Andino de las Franjas de Precios
Agropecuarios (SAFP), según las Decisiones de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, las
Resoluciones emanadas de la Junta de la Comunidad Andina y demás normatividad vigente,
me permito informarles los Aranceles Totales para los productos marcadores, sus sustitutos,
productos agroindustriales o subproductos señalados en dichas normas.
Los valores señalados corresponden al arancel total aplicable a las importaciones
procedentes de terceros países, acorde con el Decreto 547 del 31 de marzo de 1995 y sus
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de acuerdos comerciales suscritos por Colombia.

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